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Aprueban proyecto para rápida ubicación de niños desaparecidos

El proyecto de ley plantea que el Sistema de Alerta, que atenderá la desaparición o sustracción de menores, deberá ser implementado en un plazo menor a seis meses desde su promulgación en Gaceta.

Tharyn Jiménez - Actualizado:

Proyecto de Ley No. 250 crea el Sistema de Alerta Amber, para la ubicación rápida y expedita ante la desaparición de menores de edad.

La Asamblea Nacional aprobó en tercer debate el Proyecto de Ley No. 250 que crea el Sistema de Alerta Amber, para la ubicación rápida y expedita ante la desaparición o sustracción de personas menores de edad.

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La diputada Zulay Rodríguez indicó que este proyecto fue presentado tras la desaparición de la niña Mónica Serrano, por participación ciudadana, a través de Víctor Rodríguez, quien lo presentó ante la Comisión de la Mujer, la Niñez, la Juventud y la Familia, en donde se le hicieron modificaciones y se amplió.

Es un proyecto que busca ayudar a los menores que son secuestrados, comentó la diputada, ya que cuando se presenta la denuncia al Ministerio Público uno de los requisitos es esperar 48 horas y en ese tiempo un menor puede quedar muerto.

"Aplicamos la Ley para que los organismos de seguridad tengan el marco jurídico para que generen las estrategias que permitan localizar al menor", destacó Rodríguez.

En Panamá, en las últimas décadas, se ha dado la desaparición de menores de edad en distintos puntos del país, lo que ha causado un dolor incalculable en las familias de las víctimas y la conmoción de todo un país, por lo que considera urgente establecer un mecanismo efectivo para la búsqueda y pronta recuperación de menores de edad en casos de desaparición, extravío, o privación ilegal de libertad.

Este proyecto de ley explica en su primer artículo que se busca crear un sistema de alerta mediante la colaboración y coordinación de las entidades del sector público, privado, medios de comunicación y sociedad civil que permita la rápida ubicación de menores de edad en caso de ausencia, sustracción, secuestro, desaparición, extravío o privación ilegal de la libertad, cuando se presuma o no la comisión de algún ilícito ocurrido en territorio nacional.

Además, en su artículo 2 se crea el Comité Nacional del Sistema de Alerta Ante la Desaparición o Sustracción de Personas Menores de edad, que debe implementar, coordinar, definir, ejecutar, controlar y evaluar las acciones del Sistema de Alerta y establecer los mecanismos de coordinación entre instituciones públicas y privadas, así como el protocolo de actuación ante una posible sustracción o desaparición de menores de edad.

El proyecto de ley destaca que se creará una página web dedicada a publicar información sobre menores de edad, reportadas como sustraídas o desaparecidas, para establecer una alerta, facilitar su búsqueda y recuperación.

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La alerta solo se activará cuando se trate de menores de edad, cuando se presuma o no la comisión de algún ilícito ocurrido en territorio nacional.

Una vez la persona ponga la denuncia, explica Rodríguez, el Ministerio Público debe hacer las coordinaciones con el Ministerio de Seguridad, el Consejo de Seguridad y el Ministerio de Gobierno para iniciar una comunicación con la información y foto del niño desaparecido, pasarlo por las redes sociales, colocarlo en pantallas y que se activen todos los recursos.

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