Panamá
Proyecto de optar por mejor salario para alcaldes y concejales violaría la Constitución
Diputados y abogados advierten que permitir que estas autoridades decidan que salario ganarían iría en contra del artículo 302 de la Carta Magna, además de que permitiría fueros y privilegios.
- Francisco Paz
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- - Actualizado: 30/9/2022 - 12:00 am
El nuevo mecanismo que buscan pasar los representantes y alcaldes, luego que la Corte Suprema de Justicia, fallara en contra de sus licencias con sueldo, ya tiene adversarios que han avisado que sería constitucional.
Esta tarea corresponderá ser esclarecida, en primera instancia, por el Órgano Ejecutivo, ya que la Asamblea Nacional aprobó este jueves, en tercer debate el proyecto 890, cuyo paso por el Legislativo fue bastante rápido, en comparación con otras iniciativas.
En resumen, la iniciativa establece que si el salario de un representante o alcalde que labore en la administración pública es inferior al que goza, este podrá renunciar a sus emolumentos en el gobierno local y mantenerse con el que devenga en el Estado.
Para tal fin, se modifican los artículos 72 y 83 de la Ley 37 de 2009 (Descentralización) y se hace constar que estas autoridades electas tendrán derecho a los viáticos y/o gastos de representación que les sean pagados en el municipio.
Alcaldes y representantes se han quejado de que sus salarios no son suficientes para cumplir con sus obligaciones en los gobiernos locales.
Toda esta polémica ha surgido, luego de que les fueran eliminados los gastos de movilización y la Corte fallara en contra de las licencias con sueldo a que tenían derecho.
Sin embargo, hay quienes advierten que este proyecto podría estar violando preceptos constitucionales.'
En la sustentación ante la Comisión de Presupuesto de la Asamblea Nacional, de su planificación financiera para el próximo año, los representantes de los gobiernos locales pidieron un aumento de salario para los alcaldes y representantes.
El Gobierno anunció un periodo de austeridad en el Estado, luego de las protestas contra el alto costo de la vida, en julio pasado.
La eliminación de los gastos de movilización en las juntas comunales y municipios, las cuales, en algunos casos, engrosaban sus ingresos, fue lo que propició el disgusto de representantes y alcaldes, a lo que se sumó el fallo de la Corte Suprema contra la licencia con sueldo que se les permitía.
Uno de ellos fue el abogado Ernesto Cedeño quien dijo que los artículos violados serían tres, por lo que pidió el veto del proyecto.
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"@NitoCortizo @presidenciapma lo exhorto con mucho respeto a no avalar, la idea en comentario", fue la solicitud realizada en redes sociales por el abogado al presidente Laurentino Cortizo.
El principal artículo en mención que violaría esta iniciativa sería el 302 que dispone que "los servidores públicos están obligados a desempeñar personalmente sus funciones a las que dedicarán el máximo de sus capacidades y percibirán por las mismas una remuneración justa".
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El diputado independiente Gabriel Silva fue otro que advirtió sobre este inconveniente a la hora de ejercer su voto en contra del proyecto 890.
"La Corte Suprema de Justicia ya lo ha dicho. Los funcionarios serán remunerados por trabajo realizado", dijo Silva.
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El presidente de la comisión de Asuntos Municipales de la Asamblea, Javier Sucre, no considera que el documento sea inconstitucional, aunque reconoció que en este no se contempla un tope salarial, otro tema en discusión.
"Si se logra establecer una figura para que haya tope, la presentaría. Lo que se busca es que se abra el paraguas para garantizar que todos puedan participar en las elecciones", consideró el diputado.
La otra controversia es que pudiera haber fueros y privilegios, ya que no toma en cuenta a aquellos profesionales que se desempeñan en el sector privado.
Sobre este punto, la excusa de Sucre es que no pueden intervenir en la empresa privada.
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