Fuentes de conflicto entre vecinos
Publicado 2002/10/19 23:00:00
Tener vecinos tranquilos, que sean educados de tiempo completo, que no hagan nada que moleste, es el ideal de cualquiera y que pocos pueden decir que tienen. Claro que este privilegio implica reciprocidad. Porque si una de las dos partes falla en la relación, los conflictos no tardan en aparecer.
Según las acusaciones llegadas a los juzgados de policía local, que ven gran parte de los problemas, existe un nutrido número relativo a ruidos molestos. Puede ser la fiesta que dura hasta las 6:00 de la mañana, el perro que ladra interminablemente, la alarma que suena sin fin o la radio a todo volumen.
En condominios y edificios de apartamentos, el uso indebido o decisiones arbitrarias sobre espacios comunes, ampliaciones no permitidas y otras anomalías se ventilan también en los juzgados. En cambio, lo que significa deudas, como gastos comunes, van a los tribunales civiles.
Hay circunstancias mencionadas por las leyes que, aunque menos frecuentes, son factores de una posible enemistad entre vecinos. En casas aisladas, el muro medianero, sobre el que ambas partes tienen derechos y deberes, puede ser factor de problemas cuando se deteriora o cae y hay que poner plata para restaurarlo. También lleva a los tribunales civiles cuando uno de los dos lo usa como soporte de alguna ampliación o construcción nueva sin permiso del otro.
Si uno de los vecinos quiere aumentar su altura, debe pagar por la obra y la sexta parte del costo al vecino, pero éste pierde sus derechos de medianería sobre lo nuevo, salvo que pague la mitad de la ampliación.
La ley prohíbe igualmente y de manera terminante las servidumbres de aguas lluvias en áreas urbanas. Allí nadie puede dejar escurrir esas aguas desde su propiedad a la de un vecino, salvo que éste lo acepte.
Los árboles pueden dar sombra, frutos y problemas. La ley indica que si un árbol extiende sus ramas sobre suelo ajeno o penetra en él con sus raíces, el afectado puede exigir que se corten las ramas, pero debe cortar él mismo las raíces. Los frutos que dan las ramas sobre terreno ajeno pertenecen al dueño del árbol. Para cogerlos, el vecino debe darle permiso, siempre que sea en hora adecuada. En casas nuevas, cualquier propietario tiene derecho a impedir que se planten árboles a menos de metro y medio del medianero (lo máximo exigible es de cinco metros respecto a construcciones vecinas), ni hortalizas o flores a menos de medio metro.
Construcciones para habitación reguladas por las leyes, como segundos pisos, cierre de balcones y terrazas con ventanales, los citados adosamientos, arriendo o transformación de viviendas para usos no mencionados por los planes reguladores o reglamentos de copropiedad también son motivo de disputas.
El derecho a la privacidad visual tiene una cierta relatividad, porque su violación no siempre se detecta y porque al supuesto afectado le tiene sin cuidado.
Episodios como éstos son muy infrecuentes. Pero, para prevenirlos o aminorar su impacto, se establece que no se pueden tener ventanas, balcones, miradores o azoteas que den vista a habitaciones o patios ajenos a menos de tres metros del límite predial. Claro que esta distancia se supera fácilmente con la tecnología.
"Es sorprendente la cantidad de gente con telescopios, o binoculares, de barrios elegantes , y no precisamente para ver las estrellas", asegura una corredora de propiedades.
También hay mucha gente que no presta atención qué construcciones ajenas que, por su mal estado, son una amenaza, hasta que es tarde, pudiendo haber exigido antes su reparación o demolición.
Según las acusaciones llegadas a los juzgados de policía local, que ven gran parte de los problemas, existe un nutrido número relativo a ruidos molestos. Puede ser la fiesta que dura hasta las 6:00 de la mañana, el perro que ladra interminablemente, la alarma que suena sin fin o la radio a todo volumen.
En condominios y edificios de apartamentos, el uso indebido o decisiones arbitrarias sobre espacios comunes, ampliaciones no permitidas y otras anomalías se ventilan también en los juzgados. En cambio, lo que significa deudas, como gastos comunes, van a los tribunales civiles.
Hay circunstancias mencionadas por las leyes que, aunque menos frecuentes, son factores de una posible enemistad entre vecinos. En casas aisladas, el muro medianero, sobre el que ambas partes tienen derechos y deberes, puede ser factor de problemas cuando se deteriora o cae y hay que poner plata para restaurarlo. También lleva a los tribunales civiles cuando uno de los dos lo usa como soporte de alguna ampliación o construcción nueva sin permiso del otro.
Si uno de los vecinos quiere aumentar su altura, debe pagar por la obra y la sexta parte del costo al vecino, pero éste pierde sus derechos de medianería sobre lo nuevo, salvo que pague la mitad de la ampliación.
La ley prohíbe igualmente y de manera terminante las servidumbres de aguas lluvias en áreas urbanas. Allí nadie puede dejar escurrir esas aguas desde su propiedad a la de un vecino, salvo que éste lo acepte.
Los árboles pueden dar sombra, frutos y problemas. La ley indica que si un árbol extiende sus ramas sobre suelo ajeno o penetra en él con sus raíces, el afectado puede exigir que se corten las ramas, pero debe cortar él mismo las raíces. Los frutos que dan las ramas sobre terreno ajeno pertenecen al dueño del árbol. Para cogerlos, el vecino debe darle permiso, siempre que sea en hora adecuada. En casas nuevas, cualquier propietario tiene derecho a impedir que se planten árboles a menos de metro y medio del medianero (lo máximo exigible es de cinco metros respecto a construcciones vecinas), ni hortalizas o flores a menos de medio metro.
Construcciones para habitación reguladas por las leyes, como segundos pisos, cierre de balcones y terrazas con ventanales, los citados adosamientos, arriendo o transformación de viviendas para usos no mencionados por los planes reguladores o reglamentos de copropiedad también son motivo de disputas.
El derecho a la privacidad visual tiene una cierta relatividad, porque su violación no siempre se detecta y porque al supuesto afectado le tiene sin cuidado.
Episodios como éstos son muy infrecuentes. Pero, para prevenirlos o aminorar su impacto, se establece que no se pueden tener ventanas, balcones, miradores o azoteas que den vista a habitaciones o patios ajenos a menos de tres metros del límite predial. Claro que esta distancia se supera fácilmente con la tecnología.
"Es sorprendente la cantidad de gente con telescopios, o binoculares, de barrios elegantes , y no precisamente para ver las estrellas", asegura una corredora de propiedades.
También hay mucha gente que no presta atención qué construcciones ajenas que, por su mal estado, son una amenaza, hasta que es tarde, pudiendo haber exigido antes su reparación o demolición.
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