Skip to main content
Trending
¿Cuántas veces al año se celebra el Día del Hombre?Peritaje precisa que Megamar Corp., extrajo 771 metros cúbicos de arena en Punta Chame Universidad de Panamá emitirá diplomas y certificados en formato electrónicoRubén Blades integra el reparto de 'Campeón Gabacho'EE.UU. considera a Venezuela una amenaza menor tras la captura de Nicolás Maduro
Trending
¿Cuántas veces al año se celebra el Día del Hombre?Peritaje precisa que Megamar Corp., extrajo 771 metros cúbicos de arena en Punta Chame Universidad de Panamá emitirá diplomas y certificados en formato electrónicoRubén Blades integra el reparto de 'Campeón Gabacho'EE.UU. considera a Venezuela una amenaza menor tras la captura de Nicolás Maduro
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Economía / Gobierno Nacional crea régimen especial fiscal para las Mipymes y emprendedores

1
Panamá América Panamá América Jueves 19 de Marzo de 2026
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economìa
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Coronavirus en Panamá / Impuesto / MEF / Panamá / Pymes

Panamá

Gobierno Nacional crea régimen especial fiscal para las Mipymes y emprendedores

Actualizado 2020/12/17 13:57:31
  • Redacción/economia@epasa.com/@panamaamerica

Si el ingreso total es de hasta $11 mil, el impuesto a pagar sobre la renta neta gravable será de 7.5%; de $11 mil a $36 mil, pagará 10%; de $36 mil a $90 mil, el 12.5%; de $90 mil a $150 mil, el 15%; de $150 mil a $350 mil, el 20%; y de $350 mil a $500 mil, pagará 22.5%.

De acuerdo al mandatario esta sanción busca "impulsar la reactivación económica y aumentar el poder adquisitivo de las empresas". Foto/Cortesía

De acuerdo al mandatario esta sanción busca "impulsar la reactivación económica y aumentar el poder adquisitivo de las empresas". Foto/Cortesía

Noticias Relacionadas

  • 1

    Más de 2.7 millones de pymes en América Latina están en riesgo

  • 2

    Pymes solicitan apoyo al Gobierno $130 millones para rescatar empresas y empleos

  • 3

    Un 12% de la ayuda gestionada por el Gobierno llegará a las Mipymes de Panamá

El presidente de la República, Laurentino Cortizo sancionó este jueves la ley que reforma el Código Fiscal creando un régimen especial de impuesto sobre la renta aplicable a las micro, pequeñas y medianas empresas, empresarios y emprendedores cuyo ingreso total sea inferior a los $500 mil anuales.

De acuerdo al mandatario esta sanción busca "impulsar la reactivación económica y aumentar el poder adquisitivo de las empresas".

La modificación del Código Fiscal, propuesta por el ministro de Economía y Finanzas, Héctor Alexander, establece un régimen especial tarifario a partir del período fiscal de 2020 para personas jurídicas de acuerdo al ingreso total anual de las micro, pequeñas y medianas empresas, empresarios y emprendedores.

Si el ingreso total es de hasta $11 mil, el impuesto a pagar sobre la renta neta gravable será de 7.5%; de $11 mil a $36 mil, pagará 10%; de $36 mil a $90 mil, el 12.5%; de $90 mil a $150 mil, el 15%; de $150 mil a $350 mil, el 20%; y de $350 mil a $500 mil, pagará 22.5%.

La norma también exceptúa del pago de impuesto complementario a las personas jurídicas debidamente inscritas en el Registro Empresarial de la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (Ampyme) y que no sean el resultado del fraccionamiento de una empresa que resulte en varias personas jurídicas, ni sea afiliada, subsidiaria o controlada por otras personas jurídicas.

Quedan exentos también quienes perciban ingresos brutos anuales que no excedan los $500 mil y aquellas en las que las acciones o cuotas de participación sean nominativas y que sus accionistas o socios sean personas naturales.

Para el cumplimiento de este artículo, la Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) debe comprobar todos los años dichas circunstancias, mientras que el Órgano Ejecutivo, a través del MEF, determinará los requisitos formales que debe llenar la persona jurídica que desee acogerse a este régimen especial.

También recibió sanción presidencial la ley que regula de forma definitiva la primera opción de compra de viviendas arrendadas en las áreas revertidas y dicta otras disposiciones.

VEA TAMBIÉN: Ifarhu aclara que entrega de tarjetas de clave social es para estudiantes de becas de concurso

En adelante, el MEF, a través de la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos, está autorizado para suscribir contratos de arrendamiento con los arrendatarios u ocupantes de la vivienda en áreas revertidas, manteniendo el precio de alquiler actual por un término de cinco años.

Esta dependencia también procederá a legalizar los ocupantes de bienes revertidos destinados exclusivamente a viviendas, a fin de que se constituyan en los arrendatarios y tengan la primera opción de compra.

Para ello, el arrendatario deberá presentar un informe social, copia de cédula, tener un mínimo de cinco años ocupando el bien y estar al día en el pago del canon de arrendamiento o un arreglo de pago de la morosidad adeudada, de ser el caso.

Los arrendatarios de viviendas en las áreas revertidas que podrán ejercer la primera opción de compra deberán tener contrato de arrendamiento vigente, ser panameño por nacimiento o naturalizado y estar al día en el alquiler o, en su defecto, con el arreglo de pago.

Si el arrendatario se ve imposibilitado por incumplir con alguno de los requisitos, podrá ejercer el derecho a compra una de las personas que vivan con él y que aparezcan en el contrato de arrendamiento.

La nueva ley garantiza un derecho esencial de obtener un techo y el gozo de un bien para unas 500 familias en áreas revertidas que llevan décadas de alquiler y que serán las primeras en calificar para adquirir la residencia, siempre y cuando cumplan los requisitos de las instituciones bancarias.

Suscríbete al newsletter #AlDíaConPanamáAmérica

Las noticias que importan directo a tu inbox

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

Clasiguía
Clasiguía

Contenido Patrocinado

Tejas de PVC: la revolución silenciosa que ya recorre los techos de Panamá

IFX Cloud: la nube empresarial que impulsa el crecimiento de los negocios en Latinoamérica

Cinco formas de proteger nuestros datos ante el creciente uso de inteligencia artificial

Cintura de goma y puños de piedra: la magia del boxeo panameño

IFX incorpora Starlink a su portafolio para impulsar la conectividad empresarial en América Latina

Últimas noticias

Día del Hombre. Foto: Ilustrativa / Freepik

¿Cuántas veces al año se celebra el Día del Hombre?

Se han devastado unas 30 hectáreas de manglar en Punta Chame.

Peritaje precisa que Megamar Corp., extrajo 771 metros cúbicos de arena en Punta Chame

Los diplomas digitales tendrán plena validez legal. Foto: Cortesía

Universidad de Panamá emitirá diplomas y certificados en formato electrónico

Rubén Blades durante un concierto. Foto: EFE / Mauricio Dueñas Castañeda

Rubén Blades integra el reparto de 'Campeón Gabacho'

Traslado de Nicolás Maduro junto a su esposa, Cilia Flores. Foto: EFE

EE.UU. considera a Venezuela una amenaza menor tras la captura de Nicolás Maduro

Lo más visto

Trasladan bebé en estado crítico de Veraguas a Hospital del Niño, requiere tratamiento especializado

Estados Unidos prohíbe entrada a catedráticos con nexos chinos en Panamá: ¿Quiénes son?

OCDE y progreso local, tema central en CADE Colón 2026

Mulino arremete contra PPC y promete revelar "bellezas"

Sony Pictures y Pop Mart confirmaron el desarrollo de la película de Labubu

Columnas

Confabulario
Confabulario

Confabulario

Doña Perla
Doña Perla

La columna de Doña Perla

El Pulso

El Pulso

Newsletter



Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2026.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".