judicial

Debido proceso le es vulnerado a Martinelli

El Colegio de Abogados ve como una violación al debido proceso la no entrega de manera física del expediente de New Business a los defensores.

Luis Miguel Ávila | luis.avila@epasa.com | @lavila15 - Actualizado:

El equipo legal de Ricardo Martinelli manifestó que presentará los recursos necesarios para hacer valer sus derechos. Víctor Arosemena.

El Colegio Nacional de Abogados (CNA) hizo una serie de advertencias en torno a irregularidades que se están cometiendo en contra del candidato presidencial Ricardo Martinelli, dentro del caso New Business.

En respuesta a una nota enviada por la licenciada Sherley Castañeda, parte del equipo legal de Martinelli, el CNA indico como una clara violación al debido proceso, el hecho de que el Tribunal Superior de Liquidación de Causas Penales de Panamá, no quiera entregar de manera física el expediente a los recurrentes dentro de este caso.

Explica el gremio que el hecho que el Tribunal haya decidido entregar a las partes el expediente en digital y no de manera física para su estudio, es contrario a lo que señala la Convención Americana Sobre Derechos Humanos, numeral 2 que señala: La persona acusada o inculpada debe ser provista del tiempo y los medios adecuados para la preparación de su defensa.

Agrega que con lo hecho, se le asesta un duro golpe al debido proceso cuando interpretaciones al margen del tiempo razonable del que debe disponer una persona para preparar una defensa, redactar o formalizar un recurso.

Expresa el gremio abogadil que los términos se ven impactados tras un reduccionismo, en su mínima expresión, de lo que entraña la cláusula constitucional de la inviolabilidad de la defensa en juicio.

En cuanto al hecho que este Tribunal las notificaciones en lo referente a resoluciones y sentencias la está haciendo a través de e-mail, cuando deberían ser de manera personal, el CNA recordó que el Código Procesal Penal de Panamá establece que la notificación condenatoria debe hacerse personalmente, tal como está establecido en el artículo 154, numeral 5.

"Cabe resaltar o destacar que una resolución que no ha sido notificada conforme a las prescripciones y exigencias de la norma, jamás podrá surtir efectos jurídicos. Esto se halla consagrado en el artículo 157 del CPP", aclara el CNA.

Frente al hecho de que de forma arbitraria e ilegal, el Tribunal de Liquidación está concediendo términos comunes para los abogados recurrentes al recurso de casación, algo que constituye la forma establecida en la norma, el gremio de abogados de Panamá también se refirió a esto.

El CNA fue más cauteloso e indicó que todo lo que sea extraño a los denominados monopolios del proceso penal quedará proscrito de toda aplicación, dado que desnaturalizarían la esencia misma del proceso penal.

Luego de emitir sus consideraciones, el Colegio de Abogados instó a la defensa de Ricardo Martinelli a presentar los recursos legales que crean convenientes.

Ante esto, el abogado Carlos Carrillo, manifestó que la respuesta del CNA es congruente con la jurisprudencia nacional y hace evidente la violación al principio de derecho de defensa que se está cometiendo contra Ricardo Martinelli.

En tanto, Castañeda comentó que el CNA ha sido claro en establecer que las notificaciones de sentencias condenatorias deben hacerse de manera personal, ya que si no se hace de esa forma, se viola lo que dice el artículo 154 del Código Judicial de Panamá.

"A Ricardo Martinelli se le violó su notificación, la cual nunca fue personal, algo que lo ha dejado establecido el Colegio Nacional de Abogados", explicó.

Indica la jurista que también han sido claros en expresar que los términos de las casaciones deben correr por separados y con el expediente en físico para poder preparar su defensa.

Castañeda afirmó que todas estas violaciones a Ricardo Martinelli, forman parte de una persecución política en su contra.

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