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Judicial / Fallo implica reto a Universidad de Panamá para renovar su cuerpo docente

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Corte Suprema de Justicia / Educación / Educadores / Fallos / Panamá / Universidad de Panamá

Panamá

Fallo implica reto a Universidad de Panamá para renovar su cuerpo docente

Actualizado 2022/03/06 06:31:01
  • Francisco Paz
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Exrector afirma que la primera casa de estudios superiores debe buscar como darle estabilidad a sus profesores sin que afecte el relevo generacional.

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Cuando se aprobó la Ley Faúndes, esta excluía a docentes universitarios, aunque después fueron incluidos. La norma fue derogada, pero en la UP quedó en el estatuto. Foto: Archivo

Cuando se aprobó la Ley Faúndes, esta excluía a docentes universitarios, aunque después fueron incluidos. La norma fue derogada, pero en la UP quedó en el estatuto. Foto: Archivo

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En los más de 13 años que estuvo vigente la medida de separar a profesores de la Universidad de Panamá (UP) en función de su edad, quizás más de mil profesionales fueron cesados por tener 75 años.

Esa es la cuantía que realizó el catedrático de esta primera casa de estudios, Miguel Antonio Bernal, quien recordó que la medida también se aplicó para el personal administrativo.

"Ahora, a raíz de que el año antepasado los administrativos metieron un recurso de inconstitucionalidad y la Corte Suprema de Justicia falló a su favor, un grupo de profesores se atrevió a hacer que se respeten sus derechos", resumió.

La semana pasada se conoció que la mayoría de los magistrados de la Corte declaró inconstitucional la disposición incluida en el Estatuto de la Universidad de Panamá, que separa a los profesores cuando cumplen 75 años.

Esta fue aprobada cuando el estatuto entró en vigencia, en 2008, luego que dos años atrás, la Universidad de Panamá elaborara un nuevo marco legal, aprobado después por la Asamblea Nacional.

Según Bernal, la decisión de la Corte Suprema había sido aguantada desde hace casi un año, ya que salió en abril de 2021, pero no había sido publicada.

"El actual rector (Eduardo Flores Castro) se fue para allá y les pidió que no lo publicaran, porque él quería que se siguiesen yendo una serie de profesores que a él no les caía bien y que habían llegado a 75 años", expresó Bernal.'

103


artículo de la Constitución que establece como la UP puede nombrar y separar a sus trabajadores.

7


magistrados, de los nueve que integran la Corte, aprobaron el fallo de inconstitucionalidad.

Hay que destacar que el rector todavía no se ha pronunciado sobre el fallo y no contestó llamadas realizadas por este medio.

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Al interpretar el fallo, Bernal sustentó que la medida de la UP fue un exabrupto que fue aceptado por administrativos y profesores, debido a que la Constitución es clara, en su artículo 103, al plantear que la universidad designa y despide a sus funcionarios de acuerdo a la ley y un estatuto no está por encima de la Constitución y su ley orgánica.

"Si quieren que los profesores se vayan a la edad en que les de las ganas, tiene que ser mediante una ley, es decir, si las autoridades universitarias quieren que los profesores se vayan a los 60 o 70 años, tiene que ser mediante una ley, no puede ser por estatuto", precisó el profesor.

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Rolando Murgas Torraza, quien formó parte del equipo de Gustavo García de Paredes, en sus primeros periodos, y fue rector de la UP por unos meses, considera que la decisión de los magistrados le plantea un reto a la primera casa de estudios.

"Implica a mi juicio, que la universidad tendrá que rediseñar su sistema de ingreso y egreso de la institución de su profesorado y la forma de mantener la estabilidad de los docentes en la forma que la Corte Suprema de Justicia ha decidido", manifestó.

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Y es que, a juicio de Murgas Torraza, la UP, al igual que otras entidades del Estado, tiene mecanismos para incentivar a su personal más longevo a que se retire, cuando ha llegado a la edad de pensionarse por vejez.

"Tiene que establecer mecanismos de retiro, que los tiene, porque el que quiera irse antes de los 75 años puede hacerlo mediante otras formas, como una compensación económica cuando se llega a cierta edad, que le permita hacer frente a unas pensiones que son reducidas", dijo.

Lo planteado por Murgas Torraza, catedrático de Derecho, plantea un dilema sobre este tema y es el hecho de que los profesores, al igual que otros funcionarios, cuando llegan a la edad de jubilación deciden mantenerse en sus puestos, debido al choque que representa recibir una pensión que es inferior, en monto, al salario que perciben.

Murgas Torraza, consciente de los cambios que han experimentado las ciencias exactas y sociales en los últimos años y ante la aparición de nuevas tecnologías, expresó que la Casa de Méndez Pereira debe articular un sistema de ingreso y egreso de los docentes que garantice su permanencia, pero también permita la renovación de su personal.

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"Ese es parte del dilema que plantea esta norma, que es la necesidad de que las instituciones de educación superior vayan abriendo espacios para nuevas generaciones de docentes", indicó.

Richard Morales, docente de nueva generación en al área de las ciencias políticas, a pesar de ser joven no comparte el criterio de tener que limitar la docencia a una edad determinada.

"Es claro que algunos profesores, a una edad muy avanzada, todavía tienen la capacidad de seguir contribuyendo, así como hay otros que mucho antes de esa edad, no se encuentran en condiciones de continuar", afirmó.

En resumen, Morales dijo que los criterios a utilizar deben estar ajustados, no tanto a la edad en un sentido tan rígido, sino a la propia capacidad que tenga el profesor de continuar o no de dar clases.

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En cuanto a la polémica de los puestos que son ocupados por estos educadores y que podrían ser para jóvenes, Morales opinó que merece más debate, ya que es parte de un problema más complejo.

"Nos habla de un problema más profundo en el sistema universitario que es establecer mecanismos de relevo. Más allá de la normativo, es un problema más general, en cuanto a que se estén dando los relevos en las carreras y que se estén planificando de manera adecuada", dijo.

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