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Judicial / La opinión del procurador encargado no es vinculante

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Panamá América Panamá América Domingo 11 de Enero de 2026
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Corte Suprema de Justicia / Inconstitucionalidad / Procurador / Ricardo Martinelli

PANAMÁ

La opinión del procurador encargado no es vinculante

Actualizado 2025/03/19 20:12:03
  • Belys Toribio
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  • ctoribio@epasa.com
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El abogado Ángel Álvarez presentó el recurso en contra de la orden del fiscal Emeldo Márquez, de indagar a Martinelli por el caso denominado New Business.

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Luis Carlos Gómez. Foto: Archivo

Luis Carlos Gómez. Foto: Archivo

La opinión emitida por la Procuraduría General de Nación, a través del procurador encargado Jorge Luis de la Torre, no es vinculante y le corresponderá al Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) expedir una decisión por la demanda de inconstitucionalidad presentada por el abogado Ángel Álvarez.

Álvarez, parte de la defensa de Ricardo Martinelli, presentó el recurso en contra de la orden emitida hace dos años por el fiscal Emeldo Márquez, de indagar al expresidente por el caso denominado New Business.

Olmedo Arrocha, magistrado ponente de la demanda, solicitó las valoraciones, no obstante, Luis Carlos Gómez, procurador general de la Nación, aclaró que la Procuraduría emitió una "opinión no vinculante" y así como el procurador encargado aportó sus observaciones, en su momento, se va a abrir un período para aquellos que deseen presentar sus observaciones en el proceso.

Por su parte, Álvarez calificó la opinión como "contradictoria" e incluso se sorprendió que las valoraciones del procurador encargado se hayan hecho públicas en un medio de comunicación antes de que las partes involucradas tuvieran acceso a las mismas.

A juicio del abogado al procurador, ya sea el encargado o el titular, "no le quedaba otro camino que defender una actuación indebida, una omisión, de un funcionario de su propia institución".

En ese sentido, acotó que en las observaciones no se hace referencia al fundamento principal de la demanda, según el jurista, la violación del artículo 4 de la Constitución de Panamá, y escuetamente se citó un antecedente judicial de 1997.

Lo único positivo que resaltó Álvarez es que se actuó con "celeridad", por lo tanto, está a la expectativa de que la nueva administración actúe con la objetividad que corresponde.

A saber

Próximamente la CSJ debe publicar un edicto, durante tres días, para incentivar la participación pública, donde todos los interesados podrán opinar sobre la demanda de inconstitucionalidad.

Luego se abrirá un período de recepción, de 10 días hábiles, de las opiniones, por lo tanto, se estima que entre finales de este mes e inicios del próximo haya un fallo.
 

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