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Judicial / Mencionado en video de Foco no es esposo de la jueza Marisol Osorio

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Calumnia / Mauricio Valenzuela / Ministerio Público / Panamá / Pinchazos telefónicos / Ricardo Martinelli

Panamá

Mencionado en video de Foco no es esposo de la jueza Marisol Osorio

Actualizado 2021/12/21 07:16:54
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • @panamaamerica

Además, los miembros del medio Foco pudieron haber incurrido en varios delitos, con la sustracción de las fotos de una jueza y un supuesto allegado de la base de datos del Tribunal Electoral.

Amado Arjona se presentó ayer voluntariamente al Ministerio Público para aclarar la situación. Foto: Víctor Arosemena

Amado Arjona se presentó ayer voluntariamente al Ministerio Público para aclarar la situación. Foto: Víctor Arosemena

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El vídeo que falsa y tendenciosamente reportaba a Ricardo Martinelli reunido con Ricardo Ramírez Busto, supuesto esposo de Marisol Osorio, una de las tres juezas que declaró no culpable al expresidente en el caso pinchazos, no solamente confunde a esa persona con otra cuya identidad real es Amado Arjona.

La información tergiversada ha dado otro giro. Ayer, se conoció que la jueza Osorio ni siquiera está casada con Ramírez como lo señaló la página web Foco, información que medios como Radio Panamá, La Prensa y TVN han replicado sin haber probado el hecho.

Radio Panamá reportó que Mauricio Valenzuela explicó que la supuesta reunión se dio en el Club Español de San Francisco y se aprecia al expresidente Ricardo Martinelli manteniendo una comunicación muy amena con el esposo de la jueza Osorio.

"Se ven saludos y despidos muy efusivos durante un lapso de 20 minutos, en la que de manera curiosa no piden ni un plato de comida, solo están conversando y se la pasan de mesa en mesa", detalló Radio Panamá.

Hasta ahora, ninguno de estos medios que dieron por válida la información del supuesto video, han querido retractarse, a pesar de las pruebas y que la verdadera persona resultó ser un asiduo visitante del club y ni siquiera Ramírez Busto.

Aún así, los medios que participaron en la difusión falsa de Foco ni siquiera se dieron a la tarea de probar que el nombre mencionado era el del esposo verdadero de la jueza.

Posibles delitos

El medio digital Foco y su presentador Mauricio Valenzuela pudieron haber incurrido en un delito contra la seguridad informática, al mostrar imágenes, bajo argumentos falsos, de una de las jueces del juicio pinchazos y su pareja, las que pudieron haber sido extraídas de la base de datos del Tribunal Electora (TE).'


El artículo 291 del Código Penal indica: "Las conductas descritas en los artículos 289 y 290 se agravarán de un tercio a una sexta parte de la pena, si se cometen contra datos contenidos en bases de datos o sistema informático de: 1) Oficinas públicas o bajo su tutela, 2) Instituciones públicas, privadas o mixtas que prestan un servicio público, 3) Bancos, aseguradoras y demás instituciones financieras y bursátiles.

También se agravará la pena en la forma prevista cuando los hechos sean cometidos con fines lucrativos. El artículo 292 señala: "Si las conductas descritas en este Capítulo las comete la persona encargada o responsable de la base o del sistema informático, o la persona autorizada para acceder a este, o las cometió utilizando información privilegiada, la sanción se agravará entre una sexta y una tercera parte.

Este delito tiene una pena de prisión de dos a cuatro años, según el Código Penal de Panamá.

VEA TAMBIÉN: Advierten de campaña que busca denigrar a los jueces del Órgano Judicial

El abogado Alfredo Valarino indicó que este medio digital, en su afán de hacer ver que había una supuesta reunión irregular, sacó dos fotos que "pudieran ser del Tribunal Electoral".

"A los tres magistrados del Tribunal Electoral, si le están accesando a su base de datos para sacar eso y, además utilizarlo y publicarlo, eso es un delito autónomo. Escúchenme bien, los que usan y sustraen de equipos informáticos para hacer publicaciones, incluso de una cámara de seguridad que no le pertenecen, cometen un delito", explicó.

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El artículo 289 del Código Penal señala: "Quien indebidamente ingrese o utilice una base de datos, red o sistema informático será sancionado con dos a cuatro años de prisión".

Mientras que el artículo 290 dice: "Quien indebidamente se apodere, copie, utilice o modifique los datos en tránsito o contenidos en una base de datos o sistema informático, o interfiera, intercepte, obstaculice o impida su transmisión será sancionado con dos a cuatro años de prisión".

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