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Judicial / Privados de libertad extranjeros reciben rebaja de pena y son enviados a su país de origen

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COVID-19 / Dirección General del Sistema Penitenciario / Extranjeros / Panamá / Privados de libertad

Judicial

Privados de libertad extranjeros reciben rebaja de pena y son enviados a su país de origen

Actualizado 2020/10/30 12:21:47
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • @panamaamerica

Con esta cifra de 114, se contabilizan 387 privados de libertad que recibieron este beneficio durante el estado de emergencia nacional por la COVID-19.

Este grupo permaneció en cuarentena de 20 días.

Este grupo permaneció en cuarentena de 20 días.

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Un total de 114 privados de libertad extranjeros, fueron enviados a su país de origen, luego de recibir el beneficio de rebaja de pena, informó el Sistema Penitenciario.

La medidad se da tras la publicación del Decreto Ejecutivo N° 415 de 27 de octubre de 2020, firmado por el presidente de la República, Laurentino Cortizo.

Para confeccionar esta lista se realizó un trabajo interinstitucional con el Servicio Nacional de Migración, Ministerio de Seguridad Pública y el Consulado de Colombia, en seguimiento con el  objetivo principal de salvaguardar la vida y salud de la población privada de libertad y reducir el hacinamiento.

El 24 de agosto se publicó la lista de candidatos a rebajas de pena, cumpliendo lo dispuesto en la Ley 31 de 28 de mayo 1998, de protección a las víctimas del delito, luego de pasar las evaluaciones de las Juntas Técnicas de los centros penitenciarios La Joya, La Joyita, Santiago, Nueva Esperanza, Chiriquí, La Nueva Joya y el Centro Femenino de Rehabilitación Cecilia Orillac de Chiari (Cefere).

Posteriormente, y para cumplir las medidas de bioseguridad, se procedió a colocar este grupo en una cuarentena de 20 días; además, se hisoparon con 96 horas previas al vuelo, para ser enviados a su país de origen.

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Con esta cifra de 114, se contabilizan 387 privados de libertad que recibieron este beneficio durante el estado de emergencia nacional por la COVID-19. Este beneficio se otorga según el artículo 184, numeral 12 de la Constitución Política, el cual establece que es facultad del Presidente de la República con el Ministro (a) de Gobierno, decretar rebajas de pena a los reos por delitos comunes.

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