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Candidaturas no deberían afectarse

Las autoridades del Tribunal Electoral han dado fecha para el 27 de marzo para realizar la audiencia de respuesta para el tema de denuncia por impugnaciones a las candidaturas del expresidente.

Yaissel Urieta Moreno | yurieta@epasa.com | @yai_urieta - Actualizado:

El Tribunal Electoral (TE) mantiene presionado a Ricardo Martinelli. Foto: Panamá América

No hay sustento legal para que se impugnen las candidaturas del expresidente Ricardo Martinelli debido a que no hay discusión de dónde es su residencia, tal y como aparece en el padrón electoral y, además, en su salvamento de voto la magistrada Myrtha Varela de Durán deja claro que el tema de la paridad tampoco se puede alegar.

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Lo que dejaría como clara evidencia de que el fallo emitido por el magistrado del Tribunal Electoral (TE), Eduardo Valdés Escoffery, para que se aceptara la denuncia de impugnación contra Martinelli a las candidaturas como alcalde capitalino y diputado por el circuito 8-8, sería por presión política.

La jueza quinta electoral, Elvia Rengifo, ha sido quien ha quedado sin autoridad, después que Valdés Escoffery hiciera que la jueza negara por segunda ocasión la denuncia interpuesta por los abogados Hernán Rubio y Javier Ramírez Lazo.

Para el abogado Pedro Moreno "la presión política ha provocado que se revocara una decisión de una jueza capacitada y se diera fecha para una audiencia innecesaria".

Según el letrado, si ya el TE ha ratificado que Martinelli tiene su residencia en San Francisco desde hace más de 20 años, no hay problema en sus postulaciones por el partido opositor Cambio Democrático (CD) y Alianza.

"Si esa impugnación es ratificada y se baja a Martinelli de las candidaturas, también tendrían que hacerlo con otros tantos políticos que no residen en los lugares en donde se postularon", sentenció el abogado.

La mencionada audiencia para definir cuál sería el futuro de Martinelli en las papeletas de votaciones el próximo 5 de mayo, sería el próximo miércoles 27 de marzo.

"Han hecho un revuelo con la admisión de las impugnaciones, cuando todos sabemos que fue una orden que le dieron los magistrados a la jueza quinta del Tribunal Electoral", sostuvo Luis Ernesto Camacho, asesor de Martinelli.

Para Camacho, al final, "el resultado jurídicamente debe ser el mismo, porque no cumple con los requisitos que contempla el artículo 345 en concordancia con el 27 del Código Electoral", sostuvo.

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