opinion

Debida defensa y debido proceso

En la práctica, los propios abogados litigantes en el sistema acusatorio, dan fe de su enorme disconformidad frente al sentido y alcance del tercer párrafo del articulo 345 en cita advertido por el suscrito como manifiesta y evidentemente inconstitucional.

Silvio Guerra Morales | opinion@epasa.com | - Publicado:

Debida defensa y debido proceso

En el conjunto de disposiciones de nuestro Código Procesal Penal quedaron, como coladas, metidas de modo subrepticio, por ánimo y espíritu de quién, sospechamos, pero sería irresponsable afirmarlo, algunas normas que son testimonios claros de la presencia del sistema inquisitivo y, en este artículo, me propongo analizar una de ellas y es la contenida en el Tercer Párrafo del Artículo 345 del Código procesal Penal, que prescribe: "El juez deberá pronunciarse de inmediato, en forma oral y motivada, sobre esas alegaciones. Su decisión sobre impedimentos o recusaciones será impugnable por la vía de la apelación (…)".

Versión impresa

 

No se podría entender el por que tal afirmación de mi parte, sin antes comprender la teoría del derecho al recuso efectivo, cuestión que explayo, de modo sucinto: a. Trascendencia del derecho al recurso efectivo: Entendiendo que "el derecho de toda persona a un recurso sencillo y rápido o a cualquier otro recurso efectivo ante los jueces o tribunales competentes que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales constituye unos de los pilares básicos, no solo de la Convención Americana, sino del propio Estado de Derecho en una sociedad democrática en el sentido de la convención. El articulo 25 se encuentra íntimamente ligado con la obligación general del articulo 1.1 de la Convención Americana, al atribuir funciones de protección al derecho interno de los Estado Partes". b. Extensión jurídica del derecho al recurso efectivo: Que "la garantía allí consagrada se aplica no solo respecto de los derechos contenidos en la Convención, sino también de aquellos que estén reconocidos por la Constitución o por la ley". c. Idoneidad del recurso efectivo: Que "para que tal recurso exista, no basta con que esté previsto por la Constitución o la Ley o con que sea formalmente admisible, sino que se requiere que sea realmente idóneo para establecer si se ha incurrido en una violación a los derechos humanos y proveer lo necesario para remediarla". d. El derecho al recurso efectivo entendido como solución de primera ratio essendi iure: Que "no basta que los recursos existan formalmente, sino que los mismos deben dar resultados o repuestas a las violaciones de derechos humanos, para que estos puedan ser considerados efectivos". e. No se concibe el derecho al recurso efectivo sin eficacia de lo resuelto al interponerse un recurso: Que "los recursos deben ser idóneos para proteger la situación jurídica infringida y capaces de producir el resultado para el que fueron concebidos". f. El derecho al recurso efectivo y su ratio essendi: que "para que el Estado cumpla con lo dispuesto en el citado articulo no basta con que los recursos existan formalmente, sino que los mismo deben tener efectividad, es decir, debe brindarse a la persona la posibilidad real de interponer un recurso que sea sencillo y rápido, en los términos del articulo 25 de la Convención". 

Preguntamos: ¿Cómo es posible que se conceda el recurso de apelación, solo para alegaciones previas referidas para cuestiones de recusaciones o impedimentos, y se deja por fuera lo concerniente a la competencia y a las nulidades sean absolutas o relativas?.

 

Si la intención del legislador fue defenestrar el recurso de apelación para la decisión que se adopta por parte de un juez de garantías frente al tema concerniente de la competencia y las nulidades, creemos entonces que esto pugna de modo directo por omisión con el derecho al recurso efectivo, y tal y como lo ha interpretado la Corte Interamericana de los Derechos Humanos, sin dilaciones ni demoras, amen de estar garantizado por el propio Estado de Panamá al subscribir la Convención Americana Sobre Derechos Humanos ( Ley 15 de 1977.

 

En la práctica, los propios abogados litigantes en el sistema acusatorio, dan fe de su enorme disconformidad frente al sentido y alcance del tercer párrafo del articulo 345 en cita advertido por el suscrito como manifiesta y evidentemente inconstitucional.

 

Si entendemos que las decisiones dadas por un Juez de Garantías para alegaciones previas referidas a impedimentos y recusaciones es porque inciden, básicamente, en la figura del juzgador o del fiscal, cómo podríamos entender entonces que la competencia, cuánto más la nulidades, que también están predicadas a la figura del Juez y del Fiscal, no admita recurso de apelación?.

 

Sin duda alguna, estas cuestiones se presentan como ilógicas e irreconciliables con lo normado en el Artículo 25 del Pacto de San José de Costa Rica que consagra el derecho al recurso efectivo y violenta el artículo 32 de nuestra Constitución.

Etiquetas
Por si no lo viste
Regístrate para recibir contenido exclusivo
Más Noticias

Mundo Senadora uribista, Paloma Valencia, será candidata presidencial de derecha en Colombia

Judicial La Corte debe resolver inconstitucionalidad de la condena en New Business

Economía Integración, clave para sostener el crecimiento de América Latina

Mundo Delcy Rodríguez da las gracias a Donald Trump por reconocimiento formal a su Gobierno encargado

Sociedad Sin familia, la vejez se vuelve más frágil: Panamá registra 353 ancianos abandonados

Sociedad Corre la sangre en Panamá: muertes violentas en Costa del Este y Chiriquí

Deportes Cuba elimina a Colombia y apunta a Puerto Rico

Deportes Veraguas, Coclé y Herrera tienen larga sequía de títulos en el béisbol mayor

Provincias Hogar María Auxiliadora de Chitré retomará funciones como albergue estudiantil

Sociedad Mujeres panameñas se expresan por sus derechos en su día internacional

Mundo Mojtaba Jameneí, el hijo del ayatolá que hereda el poder en la República Islámica

Sociedad ¿Por qué se izaron juntas las banderas de Panamá, Israel y Estados Unidos?

Economía Suiza estrena pabellón en Expocomer 2026

Sociedad Auditoría integral a Mina Cobre Panamá alcanza 66.37% de avance

Deportes Jaime Barría es el abridor de Panamá contra Canadá

Economía Encuesta revela que salario mensual promedio es $756 y solo 3 provincias lo superan

Economía Panamá fue sede de importantes acuerdos sobre la pesca en el Pacífico Sur

Economía ¿Quiénes suenan para nuevo administrador del Canal de Panamá?; Vásquez acaba gestión en septiembre

Provincias Crisis del agua en Chitré: Idaan asegura que hay avances en el suministro

Mundo Al menos 25 muertos en ataques israelíes en el sur del Líbano y Beirut

Sociedad ¿Por qué Mayín Correa ya no saca las balotas en los sorteos de la Lotería?

Economía ASEP solicita a Acodeco investigar alzas en planes de telecomunicaciones

Economía CK Hutchison aumenta presión sobre Panamá con ampliación de demanda de arbitraje por puertos

Sociedad Israel sigue estrechando lazos con Panamá y espera fortalecerlos más, una vez acabe la guerra

Variedades Comité de Damas 20-30 realizará una colecta nacional de toallas sanitarias

Mundo Trump alista un 'golpe duro' contra Irán, que dice no atacará más a sus vecinos

Sociedad Lilibeth Cárdenas es designada como nueva directora de la Senniaf

Sociedad Exhibir genitales en público sería castigado con hasta siete años de cárcel; solo falta la firma presidencial

Variedades Netflix rompe la alianza con la marca de estilo de vida de Meghan Markle

Deportes Panamá dirá presente en la Strade Bianche con Franklin Archibold

Suscríbete a nuestra página en Facebook