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Los puntos de la agenda: Protestas y privación de la libertad

Silvio Guerra Morales - Actualizado:

Los puntos de la agenda: Protestas y privación de la libertad

De huelgas y paros: Estamos de acuerdo en aquello que el país debe avanzar y progresar, echar hacia adelante. Nadie, que se estime cuerdo, puede estar en desacuerdo. En lo que disentimos: Argumentar que no estamos para huelgas ni paros es cuestión muy debatible y entraña un silogismo falsario. Desarrollo y progreso cancelando el derecho de los pueblos (Sindicatos, organizaciones docentes, instituciones como la universidad, etc.) a protestar es algo que no tiene lógica ni sentido. Jamás podrá haber lógica en este falso argumento. Ello es una falacia argumentativa: Se entienden por tales a los argumentos que tienen una apariencia de verdad; sin embargo, el sustento es débil o nulo y suelen hacer uso de la descalificación o el engaño.

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Las protestas. Detenciones y cárceles, privación de libertad: Detengan al delincuente, sobre todo al que ha sido descubierto in fraganti. Pero a los que protestan, someterlos y esposarlos, subirlos, en clara actitud de prepotencia y humillación, tal y como lo hemos visto en las redes sociales, no es algo que se compadece con el Estado de Derecho ni tampoco algo en lo que podamos converger o consentir. Exigimos la puesta en libertad inmediata de los detenidos. El Ministerio Público ni las Casas de Paz pueden prestarse para ser medios e instrumentos de la represión.

La libertad no puede ser cernada cuando la protesta es un derecho lícito y permitido, justo y legal, así reconocido en convenciones, pactos y convenios suscritos por la Republica de Panamá. ¿Cuáles? Veamos: La Convención Americana sobre Derechos Humanos –Ley 15 de 28 de Octubre de 1977 en Panamá, en sus artículos 13, 15 y 16- reconoce y protege el derecho a la protesta social, en la medida en que se realice de manera pacífica y no violenta. Este derecho, sin duda alguna, tiene o encuentra su fundamento en el sagrado derecho a la libertad de expresión, de reunión y de asociación, siendo estos consagrados y así reconocidos por la Convención. Los Estados, ene se orden de ideas, tienen la obligación, no tan solo el deber, de tutelar, respetar, proteger y hacer viable el ejercicio de este derecho, siempre que la protesta no ponga en peligro la seguridad de las personas o la propiedad pública. El derecho a la protesta social en la Convención Americana sobre Derechos Humanos se integra con las siguientes características: 1. Libertad de reunión pacífica; 2. Libertad de expresión; 3. Libertad de asociación, 4. Deber de los estados de tutelarla; 5. Limitaciones en aras de mantener la paz y evitar la violencia; 6. Evitar el uso de la fuerza, el cual debe ser proporcional y necesario, 7. No puede suprimirse ni censurarse.

Vacunas y más vacunas: Me refiero a las autoridades de salud (Minsa). Siguen en la campaña del “vacúnate”. La gente aun sufriendo los devastadores daños ocasionados por las vacunas de la muerte y aquí no pasa nada. Ahí está China, país en el que acaban de publicar el Libro Blanco en cuyos contenidos se aprecia la clara y directa acusación a Estados Unidos como los creadores de la covid/19. China se defiende y sostiene que se instrumentó toda una campaña contra Pekín culpándolos del virus. Lo cierto es que alguien, por favor, tiene que responder. Y reitero, aquí seguimos con las vacunas de la influenza a tutiplén, cuando el mundo científico ha acreditado que están cargadas de veneno para la salud. Y los cientos y miles de millones de dólares botados, a todo derroche y fiesta en tiempos de pandemia, y nadie investiga nada ni nadie pide rendición de cuentas. Ulalá!!!. Que siga la fiesta y el despilfarro.

La Universidad se defiende: Bien ha hecho la Casa de Méndez Pereira, la Universidad de Panamá, en salir a defender su alta estirpe académica e intelectual, cuna de mentes brillantes y que han construido Patria.

Neutralidad: Es un hecho cierto, notorio, inobjetable, no debatible, que quien, realmente, viola la Neutralidad Canal de Panamá, ha sido, precisamente, los Estados Unidos con la complicidad de las altas autoridades panameñas. Ese Memorándum de Entendimiento es un corroído y nefasto estandarte que luce la entrega, abyecta y vilipendiosa, de nuestra dignidad nacional, de nuestra integridad territorial y de nuestra soberanía como nación.

Seguro Social: Está bien. Nadie discute que ya sea una Ley de la República conocida ya como la Ley No. 462. Pero, pregunto: ¿Acaso está escrita en piedras?. ¿Por qué no trascender las diferencias al debate y al diálogo?. El Gobierno ha reconocido que no es una Ley perfecta, sin duda alguna no lo es, ya que está hueca de verdaderos sentidos solidarios con la clase trabajadora, entonces, por qué no traerla al debate serio y objetivo de una discusión que abra las compuertas al verdadero consenso y al disenso social?, y que sus contenidos sean, realmente, para beneficiar a clase trabajadora? ¡Dios bendiga a la Patria!

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