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... hacemos recaer en este tipo de homicidios y de la irrenunciable necesidad de preservar a la familia, es dable advertir que en atención a los autores de estas muertes, no podemos ser ligeros prejuzgando o juzgando la suerte o culpa del victimario.

  • Silvio Guerra Morales
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  • - Actualizado: 28/5/2020 - 04:39 pm
Culpa /Emociones /Familia /Homicidio /Matricidio /Victimario

Todos los homicidios que se cometen en contra de una familia, en especial al padre, madre, un hijo o al cónyuge, reciben el nombre de parricidio.

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El vínculo sanguíneo puede ser directo, ya vía descendente o ascendente.

El agente recibe el nombre de parricida.

Así pues, quien mata a su hermano o a su hermana es un fratricida; si mata a su cónyuge es un uxoricida; si la muerte se perpetra en contra de un hijo es un filicida; si mata a su madre es un matricida y si es en contra de la figura paterna, a mi juicio, debería llamarse patricida y no parricida.

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Pero la Real Academia Española de la Lengua sugiere que en lugar de patricida debería denominarse parricida.

Pero, ya hemos visto que esta última palabra designa de modo genérico a la muerte causada a integrantes directos de la familia.

También se usa la voz infanticidio cuando la muerte se causa sobre un infante.

Respecto al cónyuge que mata al otro, en algún momento, en el Código Penal Español de 1973 se tipificó como figura de parricidio no solo la muerte causada a un ascendiente o descendiente sino también al propio cónyuge.

También existe el nombre de regicidio cuando la muerte era causada al rey o a la reina.

Respecto al matricidio –muerte a la madre-, recordamos las clases del Dr. José Kaled, cuando nos indicaba que en una ocasión le preguntó a un parricida: ¿Por qué mataste a tu madre? Y este le respondía, tras la mirada perdida y divagante: "Yo solo oía voces que me ordenaban mátala, mátala!".

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Añadía el Dr. José Kaled que esto es lo que se conoce como los "posesos", es decir, personas poseídas por demonios.

Pero, reitero, la voz autorizada para estos menesteres la tienen los psiquiatras y los psicólogos quienes brindarán antecedentes, circunstancias precedentes, características de la relación entre víctima y victimario en vida, informe conductual del agente o victimario, taras hereditarias en el victimario, etc., para poder determinar inimputabilidad penal.

Si los peritos psiquiatras o psicólogos encuentran que el agente actuó doblegado por circunstancias, hechos o factores en donde la voluntad de este no tuvo injerencia alguna, se produce la inimputabilidad del acusado tal y como lo preconiza el artículo 36 del Código Penal Patrio.

Esta norma sostiene que no es imputable o no puede responder como autor del delito, quien al momento de cometerlo, no tiene la capacidad de comprender su ilicitud o aún cuando pudiera comprenderla, no tiene la capacidad de poder autodeterminarse de acuerdo con esa comprensión.

Independientemente del alto grado o dosis de reprochabilidad que, como sociedad, hacemos recaer en este tipo de homicidios y de la irrenunciable necesidad de preservar a la familia, es dable advertir que en atención a los autores de estas muertes, no podemos ser ligeros prejuzgando o juzgando la suerte o culpa del victimario.

Cierro este artículo recordando la obra del célebre psicólogo y psiquiatra español, Emilio Mira y López, quien en su obra: "Cuatro Gigantes del Alma (El miedo, la ira, el amor, el deber)", analizó cómo hay que atender a la escala biológica, el estudio de la vida individual humana, el miedo y la imaginación, las motivaciones del miedo, los conflictos internos de cada persona, el dolor, la aflicción o la pena espiritual, entre otros tantos factores, para llegar a comprender la actuación o acción, inclusive, las omisiones con trascendencia penal de los seres humanos.

Cito de Emilio Mira y López: "La conducta recriminante: Ésta es exhibida, principalmente, por las personas con rasgos maníacos o paranoides y se caracteriza por el tono acusativo y vejatorio, el uso de frases insultantes y ofensivas, o inclusive, la agresión más o menos violenta.

Es fácil darse cuenta que quienes muestran este tipo de reacción viven un afecto cuyo componente principal es la raíz iracunda, sádica, agresiva e imperialista del amor." (Mira y López, Emilio, Cuatro Gigantes del Alma. Ediciones Lidiun. Décimo Cuarta Edición, 1994 Buenos Aires, Argentina pág.186).

He allí los atormentados, no necesariamente poseídos por demonios, pero cuyas acciones homicidas terminan dando fe de una vida plagada de aflicciones y angustias que se convierten en el hilo conductor de un choque de emociones y pasiones que parecieran también dar cauce abierto a considerar que quien ha actuado ha sido cualquier otra fuerza u otra persona menos la que físicamente ha producido el hecho.

Son almas y espíritus atormentados, convertidos así en potenciales y peligrosas armas o herramientas del crimen, por sus propios hostigadores que nunca les supieron dispensar una gota de cariño o de amor real y sincero.

Abogado.

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