¿Sujeto de crédito?, una tarea pendiente
En minúsculos casos, la decisión de concederles el crédito, impone condiciones, como por ejemplo restricciones en el monto del préstamo, pese a la capacidad salarial, tasas de interés más altas o requerirle pagos iniciales más elevados para un préstamo basándose en su discapacidad.
La población histórica y sistemáticamente desatendida son las Personas con Discapacidad. Es momento de derribar la brecha que nos separa de las acciones de los demás mortales.
Hoy conmemoramos, con gran tristeza, el Día de las Personas con Discapacidad, muchos lo celebrarán rasgándose las vestiduras por las Personas con Discapacidad, organizando congresos, degustarán en su mesa los grandes banquetes en honor a la fecha, en cambio las Personas con Discapacidad, irán a la calle a reclamar sus Derechos a una vida plena en igualdad de condiciones.
Las Personas con Discapacidad utilizan el crédito bancario para pagarse los estudios, una vivienda digna, o bien un trabajo de remodelación o mejoras en su residencia. Lo que muestra a las claras que las Persona scon Discapacidad llevan su vida normal como cualquier panameño, que trabaja y con ingentes esfuerzos se labran su profesión, con buenos antecedentes crediticios que le otorga el derecho de optar por un préstamo personal o hipotecario. Sin embargo, el oscurantismo bancario es trepidante, si el solicitante es una Persona con Discapacidad, no es considerado Sujeto de Crédito. No obstante, en la banca privada es más fácil obtener estos préstamos, contrario a lo que ocurre en los Bancos Estatales.
Al acercarse a la entidad crediticia, se encuentra con la acritud de un personal hostil, traducido en una galopante discriminación financiera, no cuentan con sistemas electrónicos, lenguaje escrito, oral, lengua de señas, visualización de texto en sistema Braille, dispositivos multimedia o auditivos para que la Persona con Discapacidad pueda accesar a dichos servicios. Este trato diferenciado de los bancos, no tiene justificación, atentando contra el principio de igualdad en el acceso de las Personas con Discapacidad a los préstamos financieros.
En la circunstancia que nos ocupa, la entidad bancaria, utiliza la información de la discapacidad para decidir si le concederán el préstamo o para establecer los términos de su crédito. No todas las Personas con Discapacidad que solicitan un crédito lo consiguen ni obtienen los mismos términos y condiciones.
Existen algunos factores que son tomados en consideración por los bancos para determinar un préstamo: Su solvencia, como por ejemplo, el nivel de ingresos, gastos, deudas y antecedentes de crédito, no obstante, todo el proceso se paraliza cuando se trata de una Persona con Discapacidad, se le desalienta, se le rechaza por su condición de Discapacidad hasta comunicarle la denegación de su solicitud.
En minúsculos casos, la decisión de concederles el crédito, impone condiciones, como por ejemplo restricciones en el monto del préstamo, pese a la capacidad salarial, tasas de interés más altas o requerirle pagos iniciales más elevados para un préstamo basándose en su discapacidad. Asimismo, al abrir una cuenta personal, cambiar un cheque, retiros o depósitos la entidad bancaria, impone lo que se conoce como la necesidad de presentar un firmante conjunto que no sea su cónyuge, solo así se aceptará continuar con la transacción.
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A la luz de esta temática, el Movimiento “Nada de Nosotros Sin Nosotros”, reclama una banca incluyente y que permita una interacción positiva de los clientes con discapacidad física, visual, auditiva y cognitiva leve”.
Además, exige el cumplimiento de las disposiciones consagradas en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la Organización de las Naciones Unidas, que ordena su inclusión y rechaza enérgicamente todo acto discriminatorio que atente contra los Derechos de este conglomerado social.Nada Más.
Escritora y Comunicadora Social.
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