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Política / Comisión de Reformas Electorales avala propuesta para salvaguardar la nómina presidencial

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Elecciones / Nóminas presidenciales / Política / Reformas electorales / Tribunal Electoral

Panamá

Comisión de Reformas Electorales avala propuesta para salvaguardar la nómina presidencial

Actualizado 2025/11/15 17:39:49
  • Francisco Paz
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El vacío legal que ocasionó lo vivido con la candidatura de José Raúl Mulino en las últimas elecciones, fue regulado con dos iniciativas presentadas.

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La Comisión Nacional de Reformas Electorales se reúne los jueves y para esta semana debe celebrar su sesión número 27.  Cortesía

La Comisión Nacional de Reformas Electorales se reúne los jueves y para esta semana debe celebrar su sesión número 27. Cortesía

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Una propuesta para evitar lo que ocurrió en la contienda electoral pasada, en la que hubo incertidumbre con relación a la candidatura del hoy presidente José Raúl Mulino, recibió el aval de la Comisión Nacional de Reformas Electorales (CNRE).

Desde la instalación de la comisión, en marzo de este año, Realizando Metas (RM) planteó que presentaría una iniciativa para evitar otro episodio similar en el que fue dejado al Órgano Judicial la decisión de definir si Mulino podía correr sin contar con compañero de fórmula.

Lo peor del caso es que la decisión se asumió a solo dos días para las elecciones del 5 de mayo de 2024.

El artículo 362 del Código Electoral dispone que si un ciudadano declarado idóneo como candidato perdiera el carácter de postulado, su suplente asumirá el lugar del candidato principal.

Agrega que si el que fallece o renuncia es el candidato a suplente, el principal aparecerá sin suplente en la boleta.

Alma Cortés, representante de RM, argumentó que la propuesta fue incluir al fallecimiento y la renuncia, la palabra inhabilitado, que fue lo que ocurrió con Ricardo Martinelli en las elecciones pasadas.

Además, que en el artículo se incluyera que como se trata de la nómina presidencial, se aplique lo establecido en los estatutos del partido político para que la nómina esté completa como lo dice el artículo 177 de la Constitución Política.'


La inhabilitación de Ricardo Martinelli Berrocal se produjo el 4 de marzo, dos meses antes de las elecciones del 5 de mayo de 2024.

En el fallo del Tribunal Electoral, se ratifica a José Raúl Mulino como candidato presidencial de Realizando Metas.

El 11 de marzo es demandada ante la Corte Suprema de Justicia la candidatura presidencial de Mulino.

El 3 de mayo, a menos de 48 horas para las elecciones, la Corte Suprema de Justicia falla a favor de la candidatura presidencial del postulado por Realizando Metas.

"Esto lo sustenté con el fallo del 3 de mayo de 2024, que a solo dos días de las elecciones, todavía estábamos nosotros como partido en una incertidumbre de si íbamos a tener un candidato a la presidencia de la República", sostuvo la política.

El Tribunal Electoral tenía su propuesta para este punto, que la desarrolló en el artículo 363.

Su reforma es que si el candidato a presidente pierde su carácter de postulado una vez vencido el periodo de postulaciones, el candidato a vicepresidente asumirá su lugar como candidato presidencial y designará a quien lo acompañe como vicepresidente.

Y si el que pierde su postulación es el vicepresidente, se le dará al candidato presidencial la oportunidad de designar a su compañero de fórmula con la ratificación del directorio del partido o el organismo correspondiente hasta un mes antes de la elección.

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Si esto ocurriese en los 30 días antes de las elecciones, la nómina presidencial se considerará constituida con el candidato subsistente.

El magistrado Luis Guerra recordó que se cuestionó al Tribunal Electoral porque no le permitió a RM hacer un directorio para colocarle un suplente a José Raúl Mulino y fue porque la norma electoral no contemplaba nada.

"Estamos cuidando la fórmula de los partidos políticos por si se da el fallecimiento, se mantiene la candidatura a pocos días de las elecciones", explicó.

La CNRE aprobó ambas propuestas con 9 votos a favor y una abstención con la modificación de que el artículo 363 ahora pasará ser el 362-A.

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