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Política / Corte Suprema de Justicia declara inconstitucional la veda de encuestas

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Corte Suprema de Justicia / Veda electoral

Corte Suprema de Justicia declara inconstitucional la veda de encuestas

Publicado 2018/12/14 00:00:00
  • Adiel Bonilla
  •   /  
  • abonilla@epasa.com
  •   /  
  • @PanamaAmerica

La polémica medida había despertado rechazo de varios sectores de la sociedad, sobre todo de aquellos vinculados a los medios de comunicación.

Ayer se resolvió un recurso presentado el pasado 16  de abril. Archivo

Ayer se resolvió un recurso presentado el pasado 16 de abril. Archivo

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Con votación mayoritaria de 5 a 3, el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) decidió declarar inconstitucional la prohibición de publicar encuestas dentro de los 20 días calendario antes de las elecciones generales, según regía en el nuevo Código Electoral.

La polémica medida había despertado rechazo de varios sectores de la sociedad, sobre todo de aquellos vinculados a los medios de comunicación.

Y formalmente, desde el 16 de abril de este año, estaba pendiente en la Corte un recurso presentado en contra de esta medida, el cual fue resuelto ayer, teniendo como ponente de la demanda al magistrado Luis Ramón Fábrega.

Se conoció que junto a Fábrega, los magistrados José Ayú Prado, Hernán De León, Ángela Russo y Harry Díaz votaron a favor del fallo que declara inconstitucional la veda en la publicación de encuestas electorales.

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Cabe resaltar que tanto Díaz como Russo, quienes también estaban a favor de la inconstitucionalidad, emitieron un voto razonado, adjuntando valoraciones para explicar los motivos de su decisión.

Por su parte, los magistrados Abel Zamorano, Cecilio Cedalise y Jerónimo Mejía se abstuvieron de votar.

Y con respecto a Oydén Ortega, se supo que no asistió al Pleno y tampoco habilitó a su suplente, razón por la cual la decisión final se dio con votación de 8 magistrados.

La principal crítica a esta veda de encuestas que mantenía el Tribunal Electoral (TE) radicaba en la posible vulneración a la libertad de expresión.

La prohibición no solo limitaba la labor de los medios de comunicación, sino también el derecho ciudadano a conocer las tendencias del electorado.

Y para el exmagistrado del TE Guillermo Márquez Amado, se afectaba también la "libertad de trabajo", ya que -desde su perspectiva- el encuestador tiene el derecho de realizar todas las encuestas que quiera.

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El abogado también había advertido que, en tiempos de redes sociales, no hacía sentido mantener una veda a las encuestas.

Una vez resuelta esta demanda, se espera que los magistrados que se abstuvieron de votar, sustenten por escrito su posición sobre el tema.

La reunión del Pleno de ayer estuvo a cargo del magistrado presidente Hernán de León, quien estuvo de viaje la semana pasada.

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