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Laurentino Cortizo veta parcialmente el proyecto del Ley de Reformas Electorales

El proyecto de Ley será devuelto al Órgano Legislativo para sus consideraciones, indicó la Dirección General de Comunicación del Estado.

Redacción/ nacion.pa@epasa / @panamaamerica - Actualizado:
Tribunal Electoral rechazó el proyecto de Ley de Reformas Electorales aprobado por la Asamblea Nacional. Foto: Archivos

Tribunal Electoral rechazó el proyecto de Ley de Reformas Electorales aprobado por la Asamblea Nacional. Foto: Archivos

El presidente de la República, Laurentino Cortizo vetó parcialmente el proyecto de Ley 544 que reforma el Código Electoral aprobado en tercer por el pleno de la Asamblea Nacional.

Luego las evaluaciones correspondientes, el proyecto de Ley será devuelto al Órgano Legislativo para sus consideraciones, indicó la Dirección General de Comunicación del Estado sin brindar mayores detalles.  

El polémico proyecto de Ley fue aprobado el pasado 15 de octubre, con 50 votos a favor, 3 en contra y cero abstención, en medio del rechazo de grupos políticos, empresarial y la sociedad civil.

El Tribunal Electoral solicitó el pasado domingo al presidente de la República objetar el proyecto de ley por razones de inexequibilidad (inconstitucional) y/o de inconveniencia.

A juicio del TE, el proyecto de Ley aprobado por los diputados de la Asamblea Nacional impiden la corrección de aspectos fundamentales del sistema electoral que son indispensables para el fortalecimiento de la democracia electoral panameña, y de ser sancionado, tal cual estableció la Asamblea Nacional, produciría un preocupante estancamiento, de espaldas al clamor ciudadano.

Destacó la necesidad de hacer correcciones en la forma de asignar las curules por residuo en los circuitos plurinominales, así como la eliminación de la válvula de escape que permite que los partidos políticos no cumplan, real y efectivamente, con el derecho de la participación política de la mujer.

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Sostiene que el proyecto incluyó a última hora, una norma en la que se concede una amnistía a los candidatos multados por haber incumplido con la entrega de los informes de rendición de cuentas sobre sus ingresos y gastos de campaña financiados con recursos privados.

A juicio del Tribunal Electoral, la Asamblea Nacional carece de competencia para conceder este tipo de amnistía y establece un precedente funesto que hará ilusoria las sanciones previstas en el Código Electoral, y, por lo tanto, promueve el incumplimiento de las normas de rendición de cuentas y transparencia, entre otras. 

VEA TAMBIÉN: Revelan itinerario de la reunión entre los presidentes de Panamá, Costa Rica y República Dominicana

 

 

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