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ACP analiza las condiciones del Consejo Municipal de Arraiján para exoneración
A criterio de la ACP, el Concejo Municipal de Arraiján solo debe reconocer el derecho constitucional de exención tributaria contenido en la Constitución.
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A criterio de la ACP, el Concejo Municipal de Arraiján solo debe reconocer el derecho constitucional de exención tributaria contenido en la Constitución.
El cálculo preliminar del impuesto de construcción supera los 17 mil dólares, aunque el monto podría variar dependiendo de los trabajos que se efectuarán. Foto. Eric Montenegro
La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) informó que, una vez tuvo conocimiento de la decisión del Concejo Municipal de Arraiján, se encuentra evaluando la situación según lo establecido en el Título XIV de la Constitución Nacional.
En un comunicado, la ACP indica que el concejo municipal de Arraiján condicionó la aprobación de la exoneración del pago de impuestos de construcción de modo que fuera exclusiva para la ACP y no para una empresa particular.
A criterio de la ACP, el Concejo Municipal de Arraiján solo debe reconocer el derecho constitucional de exención tributaria contenido en la Constitución.
Detalla el comunicado de la entidad que la Constitución y la Ley Orgánica de la ACP establecen la exención tributaria municipal para cumplir con sus obligaciones constitucionales, que consisten en garantizar que el funcionamiento del Canal de Panamá sea seguro, continuo, eficiente y, sobre todo, rentable.
Se explicó además que el acuerdo municipal está pendiente de la firma y sanción de la alcaldesa de Arraiján, así como de su publicación en la Gaceta Oficial.
Luzdenia Oliver, presidenta del concejo, explicó que en la reunión se aclaró que, aun cuando se escuchó el planteamiento de la alcaldesa Peñalba, la exoneración de impuestos es potestad de los ediles.
No obstante, aclaró que, de proceder la ACP a la contratación de cualquier empresa privada para desarrollar los trabajos de rehabilitación de la vía, esta deberá cumplir con el pago de los impuestos.
El cálculo preliminar del impuesto de construcción supera los 17 mil dólares, aunque el monto podría variar dependiendo de los trabajos que se efectuarán.
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