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Sociedad / ATTT aclara las reglas para la circulación de scooters y motocicletas en Panamá

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ATTT / Jueces de Paz / Movilidad / Reglamento / Tránsito

Panamá

ATTT aclara las reglas para la circulación de scooters y motocicletas en Panamá

Publicado 2026/09/29 10:45:00
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • @PanamaAmerica

La ATTT aclaró el reglamento para scooters y motos en Panamá: prohibido pasar entre carros, prioridad al peatón en aceras y reafirmó el veto al mototaxi.

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El director de la Autoridad de Tránsito y Transporte Terrestre (ATTT), Nicolás Brea, advirtió sobre la proliferación de motocicletas y scooters en el país, haciendo un llamado a los usuarios para que cumplan el Reglamento de Tránsito ante las recurrentes imprudencias detectadas en las vías públicas.

De acuerdo con estimaciones, en el territorio nacional circulan actualmente 100,000 motocicletas, un medio de transporte que pasó de ser un vehículo de mensajería o recreativo a una alternativa diaria frente al alza del combustible y el tráfico urbano.

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Paralelamente, Brea explicó en TVN Noticias que no cuentan con un registro de scooters en el país debido a la legislación vigente sobre movilidad no motorizada, pero cuya circulación está regulada por el Decreto Ejecutivo 206 de 2021.

"Ese poco de locos que andan pasándose entre los carros y sin casco, eso está prohibido. Quienes utilicen scooters o motocicletas tienen responsabilidad civil y, ante un accidente, deben responder por la reparación de los daños causados", aseveró Brea.

Lo que establece la normativa según la velocidad del vehículo

El director de la ATTT precisó las normas operativas que rigen para los vehículos de movilidad personal y eléctrica según sus especificaciones técnicas:

Los scooters que no superen los 30 km/h pueden transitar por las aceras, manteniendo una relación de peso y velocidad adecuada, pero la norma establece que el peatón tiene la prioridad. Brea recalcó la urgencia de recuperar los espacios públicos para la seguridad peatonal.

Los scooters que no excedan los 45 km/h ingresan a la calzada vehicular cumpliendo las normas de los ciclistas: circular por el borde derecho de la vía, avanzar en fila (o de dos en dos en vías multicarril) y contar obligatoriamente con casco protector, frenos en buen estado y espejos retrovisores.

Mientras que las motocicletas tienen la obligación de circular por el centro del carril al igual que cualquier automóvil. Únicamente se les permite filtrar entre carriles cuando el tráfico vehicular se encuentre detenido y sea seguro.

Responsabilidad civil y juzgamiento compartido

Pese a que la normativa actual exime del uso de placa a bicicletas y scooters, la ATTT aclaró que esto no los exime del cumplimiento de la ley. En caso de una colisión o atropello, los conductores enfrentan consecuencias administrativas y judiciales.

La institución precisó que la competencia para el juzgamiento y la exigencia del pago de daños y perjuicios es compartida entre la ATTT y los Jueces de Paz.

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