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Sociedad / Presentan querella penal contra María Eugenia López

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Abogados / María Eugenia López / Querella / Ricardo Martinelli

Panamá

Presentan querella penal contra María Eugenia López

Actualizado 2024/09/30 20:17:45
  • Redacción / nacion.pa@epasa.com / @panamaamerica

La denuncia, presentada por el abogado Alejandro Pérez,  debe ser remitida a la Comisión de Credenciales para que se le dé el proceso requerido.

Magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López. Foto: Archivo

Magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López. Foto: Archivo

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Una querella penal en contra de la magistrada presidenta de la Corte Suprema de Justicia, María Eugenia López, fue presentada ante la Secretaría General de la Asamblea Nacional, por supuestamente incumplir con disposiciones del Código Penal, relacionadas con la demora en resolver una acción de inconstitucionalidad que afecta al expresidente Ricardo Martinelli.

La denuncia, presentada por el abogado Alejandro Pérez,  debe ser remitida a la Comisión de Credenciales para que se le dé el proceso requerido.

El abogado Ronier Ortiz alega que, tras más de un mes de la presentación de una demanda de inconstitucionalidad, esta no ha sido resuelta ni admitida, lo cual ha afectado al expresidente Ricardo Martinelli. 

Además, se pidió a la presidenta de la Comisión de Credenciales, Shirly Castañeda, que dé trámite a la querella, recordando que la Convención Americana de Derechos Humanos exige celeridad en los procesos judiciales.

"Le pedimos a la presidenta de la Comisión de Credenciales,  a la licenciada Shirly Castañeda que  aprenda el conocimiento de esta querella penal, porque justicia tardía no es justicia y al señor Martinelli lo ampara la Convención Americana de los Derechos Humanos, el numeral 1 del artículo octavo, que exige que a todas las personas se la haga justicia en rapidez, por eso aprenda este conocimiento señora Castañeda y que la Comisión de Credenciales evacúe la presentación de esta querella penal", afirmó el abogado Alejandro Pérez.

Según los querellantes, el Artículo 356 del Código Penal establece que el servidor público que legalmente rehúse, omita o retarde algún acto propio de su cargo será sancionado con prisión de uno a dos años o su equivalente en días multas o arresto de fin de semana.

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