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Economía / Adelantan pago del Décimo Tercer Mes para el 23 de febrero

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Panamá América Panamá América Lunes 23 de Febrero de 2026
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Décimo tercer mes / Economía / Funcionarios / Pago / Panamá

Panamá

Adelantan pago del Décimo Tercer Mes para el 23 de febrero

Actualizado 2024/02/15 14:25:04
  • Redacción / nacion.pa@epasa.com / PanamaAmerica

En total, se desembolsará $54,180,935.60 que permitirá a los funcionarios contar con la liquidez para sufragar los gastos ante el inicio del año escolar.

El salario base para calcular el Décimo Tercer Mes es de $550.00. Foto: Archivo

El salario base para calcular el Décimo Tercer Mes es de $550.00. Foto: Archivo

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El Gobierno Nacional adelantó el pago de la primera partida del Décimo Tercer Mes de abril para el próximo viernes 23 de febrero de 2024.

En total, se desembolsará $54,180,935.60 que permitirá a los funcionarios contar con la liquidez para sufragar los gastos básicos ante el inicio del año escolar el próximo lunes 4 de marzo.

El desembolso cubrirá un total de 275,738 servidores públicos pertenecientes al Gobierno Central, Entidades Descentralizadas, Empresas Públicas, Intermediarios Financieros, Patronatos y Municipios.

Se informó que la fecha inicial de pago era el 4 de marzo, sin embargo, la decisión de modificar la fecha fue autorizada por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Para este pago, el salario base para calcular el Décimo Tercer Mes es de $550.00, según la Ley 52 del 16 de mayo de 1974 que instituyó el Décimo Tercer Mes para el sector público.

Recientemente, la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional el establecimiento de un tope salarial para el cálculo del Décimo Tercer Mes de los funcionarios públicos.

Esta decisión fue tomada tras presentarse, ante el Pleno, dos demandas de inconstitucionalidad contra los numerales 1 y 2 del artículo 1 de la Ley 52 de 16 de mayo de 1974, “por la cual se instituye el XIII mes para los servidores públicos”, modificada por la Ley 133 de 31 de diciembre de 2013.

Según los demandantes, ambos numerales violan los artículos 19 y 20 del Título III de la Constitución Política, sobre los derechos y deberes individuales y sociales, y el artículo 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que trata de la Igualdad ante la Ley.

Agregan que la norma acusada de inconstitucionalidad establece un trato diferente entre los trabajadores del sector privado y los servidores públicos, para efecto del pago de un mismo derecho como es el XIII mes.

El Pleno, en las consideraciones de este fallo, afirma que “los principios de igualdad y no discriminación son las piedras angulares del derecho internacional, y al mismo tiempo son los derechos humanos más ampliamente reconocidos y establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

 

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