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Gobierno aprueba pagar bono de décimo a trabajadores con contratos suspendidos

Los trabajadores que hayan laborado de manera ininterrumpida entre el 15 de abril y el 15 de agosto de 2020 recibirán, por parte del empleador, el pago de la segunda partida del décimo tercer mes correspondiente al año 2020.

Yessika Valdes - Actualizado:

El desembolso se realizará mediante las cédulas de identidad personal de los beneficiarios una vez realizados los trámites que establece la norma presupuestaria.

El Consejo de Gabinete, en sesión extraordinaria, aprobó el desembolso de 50 dólares en concepto de bono para los trabajadores que mantienen contrato suspendido y están registrados en el Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel).

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Este aporte global asciende a la suma de 12.5 millones de dólares que se le otorgará a unos 250 mil trabajadores que estén en la base de datos del Mitradel con contrato suspendido, y que por tal razón no han percibido ingresos entre el 15 de abril y 15 de agosto para el cálculo de la segunda partida del décimo tercer mes (XIII), conforme a lo que establece el Decreto de Gabinete 221 de 1971.

El desembolso se hará mediante las cédulas de identidad personal de los beneficiarios, una vez realizados los trámites que establece la norma presupuestaria.

"Hoy estamos aprobando un acto de justicia social y económica con los trabajadores de este país. Prometimos no dejarlos solos y lo estamos cumpliendo", manifestó la ministra de Trabajo, Doris Zapata.

El pago del bono quedó establecido en la sancionada Ley de Protección del Empleo, en que los trabajadores suspendidos tendrán derecho a recibir un bono por parte del Gobierno Nacional, esto con el objeto de garantizar un ingreso adicional a estos trabajadores.

En tanto, el empleador pagará, proporcionalmente, la suma que corresponda a la segunda partida del décimo tercer mes a los trabajadores que hayan laborado parcialmente en este período, por razón de la suspensión de los efectos de sus contrato de trabajo.

Los trabajadores que hayan laborado de manera ininterrumpida entre el 15 de abril y el 15 de agosto de 2020 recibirán, por parte del empleador, el pago de la segunda partida del décimo tercer mes correspondiente al año 2020, de acuerdo con el Decreto de Gabinete 221 de 18 de noviembre de 1971.

A la fecha, el Mitradel mantiene registrados más de 227 mil contratos suspendidos de unas 19 mil empresas. Además, con la reapertura de algunas actividades en los bloques 1 y 2 se reactivaron más de 37 mil plazas de empleo.

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Se prevé que este año la tasa de desempleo pase de 7.1 % (146 mil 111 personas) al 20 % (400 mil), a raíz de la crisis sanitaria del coronavirus que se registra en el país desde el pasado mes de marzo.

Una encuesta realizada por el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) reveló que 7 de cada 10 hogares panameños (77 %) han sufrido la pérdida de ingresos a consecuencia de la pandemia de la COVID-19.

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