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MEF extiende plazo para no aplicación del CAIR
Xenia De León - Publicado:
El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), decidió extender el plazo para solicitar la no aplicación del Cálculo Alternativo del Impuesto Sobre la Renta (CAIR), a través del Decreto Ejecutivo No.185, con el propósito que los empresarios tengan tiempo para presentar su solicitud.El mismo establece que la persona natural tendrá hasta el 15 de marzo como fecha tope para presentar la no aplicación y la persona jurídica hasta el 30 de marzo.La Directora General de Ingresos (DGI), Gisela Álvarez de Porras, al presentar la nueva Declaración Jurada de Renta, dijo que el objetivo fundamental es permitir hacer el Cálculo, (situado en la parte inferior derecha de la declaración).Consideró importante, que el contribuyente diga que existe un proceso de no aplicación, para que no corran recargos e intereses y el sistema tome automáticamente a favor del fisco el impuesto mayor.Advirtió, que los profesionales independientes y comisionistas (arrendadores de bienes, vendedores de póliza de viajes, etc), no pueden seguir facturando globalmente, tienen que facturar su comisión y el pago a tercer registrar como desembolso a tercero, sino les puede afectar el CAIR.Así mismo, la presidenta del Colegio de Abogados Mercedes, Araúz de Grimaldo, dijo que como país de servicios se tiene que aplicar el sistema con mucho cuidado.En tanto, el presidente del Consejo Nacional de la Empresa Privada, Guillermo Villarreal, dijo todo los países que han tenido éxito en recaudar, han aumentado el impuesto al consumo y no a la producción, pero en Panamá por política se ha hecho al revés.