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Teletrabajo toma forma en Panamá tras éxito en la pandemia

El teletrabajo permitirá preservar plazas de trabajo asalariado en sectores como el financiero, logística, y servicios administrativos.

Yessika Valdés | yvaldes@epasa.com | @kasseyv - Publicado:

El Gobierno Nacional reglamentó la Ley 126 del 28 de febrero de 2020, que crea el Teletrabajo en Panamá.

El teletrabajo se convirtió en la mejor alternativa para empresas que estaban obligadas a mantener sus operaciones en medio de la pandemia, como bancos, aseguradoras, operadores de televisión por cable, electricidad y otros sectores.

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Ahora que Panamá ha iniciado su periodo de reapertura económica, muchas empresas esperan mantener el esquema de teletrabajo en varios de sus departamentos.

Antes del coronavirus había un tímido uso del teletrabajo entre las empresas. Muy pocas tenían este modelo de trabajo, básicamente en plan piloto.

Muchas empresas han reportado estar decididas a mantener los modelos de teletrabajo más allá de este periodo de pandemia como una operación factible dando paso a que ya se planten los parámetros legales.

El Gobierno Nacional reglamentó la Ley 126 del 28 de febrero de 2020, que crea el Teletrabajo en Panamá.

Esta reglamentación establece que la modalidad de Teletrabajo podrá ser verificada por el Misterio de Trabajo y Desarrollo Laboral (Mitradel) ya que debe haber un registro, un contrato y una adenda que especifique esta condición, la cual no puede darse de manera obligada.

Para el experto en temas laborales, René Quevedo la reglamentación de la Ley de Teletrabajo era un paso conveniente y necesario para regular una modalidad que va a tomar fuerza después de esta pandemia.

"El impacto de esta reglamentación hay que evaluarlo a corto, mediano y largo plazo. A corto plazo, en un año donde la pérdida de empleo rondará los 350 mil, la mitad de ellos formales, el Teletrabajo permitirá preservar plazas de trabajo asalariado en sectores como el financiero, comunicaciones, logística, servicios administrativos, que en conjunto representan unas 70 mil 400 plazas", expresó Quevedo.

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Indicó que su efecto inmediato en áreas como el comercio será más limitado, ya que sector está siendo el más afectado por la COVID-19 y 31% de sus empresas reducirán personal antes de fin de año, lo cual se traducirá en una pérdida aproximada de 120 mil empleos.

A mediano plazo, el teletrabajo permitirá el surgimiento de nuevos negocios donde el componente presencial no sea relevante. Sin embargo, como es advertido en el informe, expresó el experto en temas laborales.

"El crecimiento del teletrabajo observado durante la crisis de la Covid-19 se ha inclinado fuertemente hacia ocupaciones altamente remuneradas, lo que genera preocupaciones sobre la aparición de una nueva división entre quienes pueden trabajar de forma remota y quienes no. Si a esto agregamos las dificultades de ciertos grupos para accesar al internet en Panamá, el panorama se limita aún más", añadió.

Mientras que a largo plazo el teletrabajo podría generar grandes ahorros en materia de alquiler de oficinas, toda vez que una computadora, acceso a internet y disciplina será todo los que trabajadores van a necesitar para desempeñar sus funciones. Esto su vez tendría un enorme impacto en el mercado inmobiliario nacional.

Para el sector laboral, con la reglamentación del teletrabajo se cumplió con un proceso y un acuerdo. Sin embargo, dejan la puerta abierta para una modificación a futuro.

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Isabel Guzmán, representante de los trabajadores en la Mesa del Diálogo que discutía la reglamentación del teletrabajo, señaló que están conscientes que se cumplió con lo que se acordó, pero hay cosas que se descartaron y a la que no hubo un acuerdo.

"Temas como trabajo de cuidado y riesgo profesional en un futuro tendrán que ser analizados para introducirlos en la reglamentación porque van en beneficio de los trabajadores que ahora le toca asumir una gran responsabilidad y gastos", manifestó.

Indicó que en el tema de los gastos y costos debe ser contemplado en los contratos nuevos y en las adendas de los contratos porque esa es una responsabilidad exclusiva de la empresa.

Por su parte, Eduardo Gil, secretario General de Convergencia Sindical, señaló que no se le está pidiendo una mayor carga al empresario, sino lo que están ahorrando se lo transfieran al trabajador.

"El empleador abarato sus costos de producción, operación y riesgo y ahora todo eso recae en manos del trabajador, lo cual no es justo", añadió.

La nueva reglamentación establece nueve acuerdos donde se contempla la modalidad de teletrabajo, lugar de trabajo, jornadas extraordinarias, registro laboral, instrucciones del empleador, accidentes de trabajo y riesgos profesionales, reversibilidad, controversias y equipo o herramientas de trabajo/adecuaciones.

No obstante, el punto en donde no se logró un acuerdo, fue el relativo a gastos y costos, por lo cual, tendrá que ser un acuerdo entre el trabajador y el empleador.

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