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La autonomía e independencia de los jueces: ¿farsa, mito o realidad?

Ser juez en nuestro país, ahora más que nunca, conlleva una misión sagrada, de parte de Dios y que, como juez o magistrado, se cumple una misión divina.

Silvio Guerra M. | Abogado | - Actualizado:

Abogado Silvio Guerra Morales.

Mucho se habla de la autonomía e independencia de los jueces. El tema es de vieja data, de muy vieja data. Historias sobran. Y cierto es también que mucho se ha teorizado sobre esa independencia. Para algunos tratadistas la jurisdicción no tiene sentido de ser, sino cuenta con jueces real y verdaderamente independientes y autónomos en el ejercicio de sus cargos.

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El maestro rosarino Adolfo Alvarado Velloso no concibe la competencia del juzgador, sino en función de una competencia objetiva, que viene diferida por la Ley en cuanto delimita las funciones del juez y los casos que le están sometidos a su competencia funcionarial, pero también refiere una cierta y aún más importante competencia subjetiva en canto a la moralidad y propia persona del juzgador así como también de su comportamiento social, familiar, personal, en fin.

Esta competencia subjetiva tiene que ver con la persona de quien imparte justicia y de su ética, su moral, su buena honra, sus costumbres, etc. Atañe a la propia integridad y buen decoro del que imparte justicia a los asociados.

Por otra parte, también mucho se ha venido tratando el tema concerniente de cómo el poder político erosiona esa independencia entrometiéndose en sus asuntos y dando órdenes a jueces y a magistrados. También de cómo poderosos resortes del poder económico, sin que estén en el gobierno, pero sí conectados asombrosamente con él, intervienen presionando a jueces y magistrados para ser favorecidos con sus fallos. Sin dejar por fuera a los fiscales.

Toca, en este modesto artículo de opinión, que hablemos de la competencia subjetiva del juzgador como fundamento para una real independencia y autonomía de los jueces. Sin esa competencia subjetiva, todo el discurso de la independencia y neutralidad de los jueces no pasará de ser un mero desiderátum.

Nunca órgano judicial alguno, de ninguna parte del mundo, podrá alcanzar su independencia como tal sin concebirse, sus propios despachadores de justicia, los jueces, cualquiera sea la rama en la que se desempeñan, como verdaderamente autónomos. Un juez temeroso y mediatizado no puede ser juez.

La autonomía de los jueces y magistrados no entraña otra idea que la de tener la capacidad, la facultad, muy propias, de dirigir sus propios actos, sus pensamientos, sus ideas, sus conocimientos, su inteligencia y sabiduría para administrar justicia sin tener mayor jefe o mayordomo que su propia conciencia e inteligencia. El conjunto de estos elementos hacen del juez un juez sometidos a sus propias normas. Entiéndase que por propias normas no debe entenderse "normas arbitrarias", sino aquellas que lo permiten clasificarlo y calificarlo como juez auténticamente independiente, imparcial e impartial. Entran en juego las normas y principios, desde luego, morales y éticos.

La autonomía e independencia de los jueces, en texto constitucional y en la ley, es letra muerta, texto frío y corroído, si no es la propia persona del juez quien la hace valer y vivificar, esto es , darle vida, existencia. Ello lo logra con sus actos: absténgase de conceder fallos graciosos para favorecer la mano del que lo ha tentado y que ha caído víctima de la coima, la añagaza o la artería, al decir de Alvarado Velloso; aléjese de la política y de congraciarse con los políticos arrastrándose como gusano para hacerse de ascensos y de posiciones que, por méritos, solo deben ser alcanzados; no conceda lo que el Derecho, la Justicia y la Razón no pueden dar; no haga del cargo un medio para engrosar fortunas o aumentar capitales; las sentencias no se venden, pues se entenderá que los fallos solo deben ser el producto del sentido y de aquello que la propia Ley reconoce y accede; no distinga entre el rico y el pobre y termine, sin razón y sin derecho, concediendo la sentencia por diferencias de índole personal alguna, es decir, congraciándose con el rico que no tiene la razón o con el pobre por una falsa solidaridad social sin que este ostente la legalidad o justeza de su pedido; simplemente pronuncia la razón del Derecho a quien corresponda, más de esto es desbordar el verdadero sentido de la Ley y del proceso judicial. Para ALVARADO VELLOSO la correcta decisión o sentencia del juzgado solo transita por una lectura muy sencilla: La certeza positiva o la certeza negativa que le arrojan las pruebas.

No tema el juez, el que administra justicia, sustraerse de la sociedad. No se prive de vivir y de convivir. Simplemente, no entregue su alma ni su inteligencia a las tentaciones; no envidie al que progresa y aumenta su haber tras una sentencia que expide o firma; recuerde siempre que ser juez significa pronunciar la ley en nombre del Estado y que el patrimonio o la cosa en litigio, usted, como juez, no tiene nada que ver con ella, de modo que no extienda su mano para pedir o tomar lo que no le pertenece ni que Usted, como juez ha concedido, pues quien concede es la ley y, el juez, es su instrumento por la cual se pronuncia.

Ser Juez, pues, en nuestro país, ahora más que nunca, conlleva una misión sagrada, de parte de Dios y que, como juez o magistrado, se cumple una misión divina: juzgar a los hombres en sus conflictos y en sus litigios.

Los fiscales han de cumplir otra: Investigar objetivamente y ser acuciosos en las investigaciones y no dejarse llevar por las apreciaciones mediáticas. Al final de cuentas, al juez o al fiscal, lo debe gobernar la Constitución y la Ley, no las pasiones del momento ni las presiones de nada ni de nadie.

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