Panamá
La Corte Suprema contra la seguridad y soberanía alimentaria
- Juan Jované
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- - Actualizado: 17/8/2022 - 12:00 am
La alimentación es un derecho humano fundamental, por lo que resulta una obligación del Estado asegurar las condiciones que permitan la seguridad alimentaria para todos los ciudadanos y ciudadanas.
La seguridad alimentaria incluye cuatro dimensiones esenciales. La primera se refiere a la disponibilidad física de los alimentos, esto es una oferta suficiente de los mismos para cumplir con los requisitos de toda la población. La segunda llama la atención sobre la accesibilidad, lo que significa que las personas deben poseer ingresos suficientes para asegurarse su seguridad alimentaria. El acceso también puede lograrse por medio de la producción propia, así como por un programa complementario que asegure una política de cero hambre.
La tercera dimensión guarda relación con la utilización. De lo que se trata es de asegurar las condiciones para que el cuerpo humano pueda aprovechar plenamente los alimentos.
Esto vincula la alimentación con la salud. Por ejemplo, la existencia de agua potable y el saneamiento ambiental se entienden como condición necesaria para la seguridad alimentaria. La cuarta dimensión reconoce la necesidad de que las tres primeras tengan estabilidad en el tiempo. Es evidente que los procesos inflacionarios atentan contra esta condición.
La seguridad alimentaria debe sostenerse en la práctica de la soberanía alimentaria. Este concepto desarrollado inicialmente por la organización Vía Campesina significa, en primer lugar, al derecho soberano que tienen los países de establecer, sin presiones externas, su propia política alimentaria en favor de su población.
Esto no solo lleva a priorizar la producción nacional para asegurar la seguridad alimentaria. También implica el derecho de los países, dentro de su política soberana, de protegerse de las importaciones alimenticias subsidiadas en sus países de origen.
La importancia de la soberanía alimentaria como instrumento para lograr la seguridad alimentaria se evidencia tomando en cuenta las dimensiones de la misma. Es claro que la dependencia del exterior para alimentar a la población puede afectar la estabilidad de la disponibilidad, sobre todo en momentos de crisis alimentaria como la que hoy amenaza al mundo. Más aún, genera una fuerte vulnerabilidad del exterior, que puede convertir la dependencia alimenticia en dependencia política.
La dependeLa dependencia alimentaria externa también afecta la estabilidad del acceso, debido a que, en condiciones de crisis alimentaria global, la elevación de precios internacionales reduce la capacidad de muchos ciudadanos, sobre todo los más vulnerables, de adquirir sus alimentos. A esto se debe agregar que la necesidad de la sostenibilidad ambiental precisa que la producción, además de encaminarse hacia la agroecología, se de en lugares cercanos a los centros de consumo.
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Panamá, como es sabido, muestra una alta dependencia para su abastecimiento de alimentos, siendo el país que, en el 2019, de acuerdo a la CEPAL, mostró el mayor déficit entre exportaciones e importaciones de alimentos (B/. 2,857 millones).
Frente a este hecho, que llama la atención hacia la necesidad de políticas públicas para defender la producción nacional, la Corte Suprema de Justicia, con su fallo de 5 de julio del 2022, ha asestado un muy duro golpe contra la soberanía alimentaria. En efecto, al declarar inconstitucional los numerales 25 y 28 del artículo 11 de la Ley 628 de 2018, prácticamente elimina cualquier protección que el Estado le pueda dar a los productores nacionales frente a las importaciones indiscriminadas.
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Esto se hace con una pobre demostración, argumentando en favor de la libre competencia y el libre comercio. Los magistrados olvidan que los mercados globales de los alimentos están altamente controlados por los grandes agronegocios. También olvidan la distorsión que en los mismos introducen los países más desarrollados subsidiando a sus productores.
Nuevamente la Corte Suprema de Justicia merece el repudio de la ciudadanía.
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