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Responsabilidad con los animales

Tenemos una ley excelente, pero cuya ejecución es muy pobre. Y es que, el maltrato a los animales no es solo golpearlos. También es maltrato el hecho de no alimentarlos adecuadamente y soltarlos para que vayan a la calle a romper los cartuchos de basura para comer las sobras que encuentran.

Dagoberto Franco (opinion@epasa.com) | - Publicado:

Responsabilidad con los animales

En el mes de julio del año 2015, en las redes sociales surgió una polémica entre la Alcaldía de Panamá y los ciudadanos que se sentían que podían ser afectados por un nuevo impuesto municipal por la tenencia de mascotas. La alcaldía aclaró que la confusión se debió a una consulta realizada por un ciudadano a la Dirección de Asesoría Legal, con la intención de conocer si en ese momento se estaba aplicando el Decreto N.° 526 de 26 de junio de 1990, por el cual se dictan medidas sobre perros.

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El artículo segundo de dicho decreto establece: "Todo dueño de perro está en la obligación de registrarlo en la Dirección de Tesorería de la Alcaldía del Distrito de Panamá, a fin de hacer efectivo el pago de impuesto correspondiente". Y el artículo tercero establece: "Todo dueño de perro pagará un impuesto al Municipio de $2.00 anuales por cada perro, así mismo pagará $1.00 por la placa que cada (sic) caso expedirá al (sic) municipio".

El alcalde, a través de las redes sociales, le informó a la comunidad que no tenía ninguna intención de cobrar ese impuesto, vigente desde 1990. Sin embargo, este decreto (según el alcalde) nunca se aplicó, por lo que había caído en desuso. Y se procedió a derogarlo.

Me parece extraño que la alcaldía señale que este decreto nunca se aplicó. Si la memoria no me es infiel, recuerdo que hace muchos años, los perros sorprendidos en la calle eran apresados y puestos en custodia del Minsa por 48 horas hasta que el dueño lo reclamara, y si vencidas las 48 horas no era reclamado por su dueño, se procedía a su eliminación conforme a los reglamentos de sanidad.

Debo confesar que no me consta que el Minsa sacrificara los perros que no eran reclamados por sus dueños. Sin embargo, la obligación de registrar los animales y colocarles un collar con la placa era una forma de crearle responsabilidad a los dueños. Por ello, soy del criterio de que el Decreto 526 debió revisarse y expedir una norma aplicable a todos los municipios que por un lado garantice el derecho de los ciudadanos a tener una mascota, y por el otro, la obligación de ser responsables con sus animales.

Ley N.° 70 de 12 de octubre de 2012 establece excelentes medidas de protección a los animales domésticos. A pesar de que el Capítulo IV de esta ley se refiere a las obligaciones de los propietarios de perros y gatos, la realidad es muy distinta, y la conclusión es que estamos frente a una ley que en este punto es letra muerta. Hasta ahora no se ha reglamentado el registro de los animales. De ahí que no hay control de quiénes son los propietarios de los perros que deambulan por las calles.

Tenemos una ley excelente, pero cuya ejecución es muy pobre. Y es que, el maltrato a los animales no es solo golpearlos. También es maltrato el hecho de no alimentarlos adecuadamente y soltarlos para que vayan a la calle a romper los cartuchos de basura para comer las sobras que encuentran.

En el 2000, el Minsa dictó la Resolución N.° 22, que regula la tenencia de animales en viviendas y apartamentos con la finalidad de proteger la salud de la población y el ambiente. Se debe revisar todas estas normas y actualizarlas teniendo como norte el respeto de los derechos de los animales domésticos y, consecuentemente, la responsabilidad de los propietarios, para que no se vean afectadas otras personas por animales cuyos dueños no los cuidan ni atienden como es debido.

Presidente de la Fundación Guardianes del Ambiente.

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