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Camacho tras fallo de la Corte: 'Sucedió lo que debía suceder'

Para el candidato a diputado, una decisión contraria hubiese sido un pésimo precedente en el país.

Karol Elizabeth Lara - Actualizado:

Luis Eduardo Camacho recordó que la demanda nunca debió admitirse. Foto: Cortesía

El secretario general de Realizando Metas, Luis Eduardo Camacho,  recalcó este viernes que comparte el fallo de la Corte Suprema de Justicia, que declara  no inconstitucional la candidatura de José Raúl Mulino, sin embargo, recordó que la demanda nunca debió admitirse.

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"Sucedió lo que debía suceder. Violar un proceso electoral que ya inició hubiese sido un pésimo precedente. La admisión de esta demanda generó situaciones innecesaria para la democracia y tranquilidad del país", comentó.

De acuerdo con Camacho, la demanda se basó en absurdos. En este sentido recordó que los candidatos a vicepresidente los designa el principal y luego son ratificados por los partidos como ocurrió con Mulino.

Agregó que ya el Tribunal Electoral había interpretado la legalidad de la candidatura de Mulino.

"Las primarias no están reguladas en la Constitución, sino en el Código Electoral, mal pudiera decidir la Corte lo contrario sobre ese tema", destacó.

Para Camacho, de igual forma, es fundamental fortalecer la democracia institucionalmente, debido a  que lo ocurrido en los últimos años, cuando se han violado los términos, no debe repetirse.

Por su parte el abogado Alfredo Vallarino dijo que la Corte debió emplear menos tiempo para tomar esta decisión, la cual tenía con ansiedad a la población.

"Nada de esto debió haber pasado. El daño a la imagen de estabilidad del país ya se ha hecho", comentó.

Vallarino agregó que esta situación genera una enseñanza en relación a que se deben cambiar muchas cosas para no poner en riesgo la democracia.

El abogado está convencido de que el domingo se dará un cambio, el cual permitirá  tener una columna democrática para que el  país nunca más vuelva a estar en vilo.

Este viernes, el pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), por mayoría declaró que no es inconstitucional el punto resolutivo segundo del acuerdo del pleno 11-1 de 4 de marzo de 2024, proferido por el Tribunal Electoral  y que fuera demandado por la abogada Karisma Karamañites Testa.

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