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Valdés Escoffery estaría detrás de rechazo a candidatura

Alma Cortés, dirigente de RM, acusó al magistrado de haber ordenado el rechazo a la candidatura de Marta Linares de Martinelli a través del módulo informático.

Redacción / nacion.pa@epasa.com / @PanamaAmerica - Actualizado:

El magistrado coordina el Plan General de Elecciones (Plagel). Foto: Tribunal Electoral

El magistrado Eduardo Valdés Escoffery estaría detrás del rechazo a la candidatura de Marta Linares de Martinelli como vicepresidenta de Ricardo Martinelli, denunció la presidenta de la comisión de elecciones de Realizando Metas (RM), Alma Cortés.

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“Fue Valdés Escoffery el que ordenó que se incluyera en el módulo que Marta fuera rechazada por el sistema. Nos ha generado una gran consternación porque en manos de quien estamos; un Tribunal Electoral que es el árbitro y ya esté dando pruebas de falta de imparcialidad y objetividad”, señaló la dirigente política.

Cortés reveló que están investigando la presunta relación comercial que tendría el magistrado con la empresa que contrataron en materia tecnológica para montar los módulos informáticos, luego de una información que recibieron. 

Eso no está bien y el Tribunal Electoral está quedando muy mal, cuando tenemos que depositar la fe en su gestión”, expresó.

La directiva de RM, quien acompañará a Linares de Martinelli a presentar el memorial de su postulación, indicó que para el cargo de vicepresidente le corresponde al director de Organización Electoral, Osman Valdés, admitir o rechazar la postulación, para lo cual tiene un periodo de tres días.

En este caso, Cortés apela a que se aplique el mismo criterio de 2014, cuando se admitió la candidatura de Linares de Martinelli como vicepresidenta de José Domingo Arias, ya que es un tema de interpretación constitucional, por lo que se debe admitir.

Que sea la Corte Suprema de Justicia (CSJ) la que interprete el numeral 5 del artículo 193 de la Constitución. No hay sentencia de la CSJ que haya resuelto esta situación de que el cónyuge de un candidato pueda ser vicepresidenta o vicepresidente”, precisó.

Sobre el rechazo de la candidatura por parte del módulo informático del TE, Cortés dijo que la norma es tan amplia que no especifica que causales o cuál es el requisito que no se cumple.

“En materia administrativa o electoral, usted no me puede aplicar una norma general, sino que tiene que establecerse de forma determinada cuál fue el requisito”, sustentó.

El artículo 193 de la Constitución Política contiene cinco motivos por el cual un ciudadano o ciudadana no puede ser vicepresidente de la República.

En el rechazo de la plataforma tecnológica no se especifica cual numeral no cumple la candidatura de Marta de Martinelli.

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