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Sociedad / Ministerios especifican procedimientos para renovar salvoconductos

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Coronavirus en Panamá / COVID-19 / Cuarentena / Mici / Ministerio de Salud / Ministerio de Seguridad Pública

CORONAVIRUS EN PANAMÁ

Ministerios especifican procedimientos para renovar salvoconductos

Publicado 2020/04/19 00:00:00
  • Belys Toribio
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  • ctoribio@epasa.com
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El Ministerio de Comercio e Industrias (Mici) habilitó un formulario en el portal web validacion.salvoconductos.mici.gob.pa/register para realizar este proceso, presentando varios requisitos para actualizarlos.

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Hasta este lunes 20 de abril, a las 5:00 p.m., tendrán las empresas para enviar la información requerida para la actualización de los salvoconductos.

El Ministerio de Comercio e Industrias (Mici) habilitó un formulario en el portal web validacion.salvoconductos.mici.gob.pa/register para realizar este proceso, debido a que el 21 de abril, expiran los salvoconducto que ya fueron otorgados.

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En este sentido, todas las personas o empresas que no cuenten con aviso de operación y realicen actividades que se encuentran exceptuadas en el Decreto Ejecutivo No. 507 y la fe de erratas, deberán enviar un correo a la entidad responsable con el nombre del trabajador, número de cédula, correo electrónico, número de teléfono y descripción de la actividad.

Según el Mici, el tiempo de respuesta de la plataforma puede tomar hasta 48 horas.

Este proceso de actualización surgió, debido a que se detectó que algunas empresas han abusado de la expedición de los mismos, denunció el ministro de Seguridad Pública, Juan Pino.

VEA TAMBIÉN: 'Quédense en sus casas para que nos podamos sentir más seguros'

Por esta razón, tanto el Mici, como el ministerio de Seguridad coordinaron revisar los salvoconductos y cancelárselos a quienes hayan hecho un mal uso de este documento.

'

507


el decreto que establece la cuarentena nacional y que personas podrán circular.

21


de abril expiran los primeros salvoconductos.

26


días de cuarentena han pasado.

Según el decreto, a pesar de la cuarentena absoluta, se exceptúan algunas empresas y servicios para que continúen operando, como funcionarios del Órgano Judicial, diputados, alcaldes, representantes, la Fuerza Pública y personal del Ministerio de Salud.

También se exceptúa el personal médico y administrativo de los hospitales, laboratorios, veterinarias públicas y privadas.

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