Panamá
Proyecto para sancionar a los encapuchados genera debate
- Vivian Jiménez
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- vjimenez@epasa.com
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- @PanamaAmerica
Las autoridades aseguraron que el propósito de la iniciativa es evitar que quienes se manifiestan pacíficamente enfrenten procesos por culpa de terceros.
Protestas en el año 2023. Foto: EFE
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El proyecto de ley que busca incluir un artículo al Código Penal para sancionar con hasta seis años de prisión a quienes se cubran el rostro de manera parcial o completa en manifestaciones para cometer actos violentos ha generado diversas opiniones en la ciudadanía.
Por un lado, consideran que su implementación es necesaria para salvaguardar la vida de quienes no forman parte de estas acciones, y por otro, señalan que es una violación a las garantías individuales, específicamente el derecho a la protesta tipificado en el artículo No. 38 de la Constitución Política de Panamá.
Jaime Gutiérrez participó a lo largo de su vida estudiantil y universitaria en varias manifestaciones en las que asegura nunca tuvo que recurrir a la violencia para que su postura fuera escuchada porque sus preocupaciones eran auténticas; por tanto, no tenía ningún problema en dar la cara.
"El que no la debe no la teme; si la protesta es genuina, no hay por qué taparse la cara", afirmó en entrevista a Panamá América.
Mencionó que mostrar el rostro favorece, de alguna manera, a los manifestantes porque siempre existirán personas que traten de infiltrarse en las protestas, poniendo en riesgo la legitimidad del reclamo ciudadano mediante el caos y el desorden público.
Sin embargo, los cambios que plantea el Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Gobierno (Mingob) también pueden percibirse como una judicialización de la protesta, un derecho con el que nacieron todos los panameños y deberían ejercer libremente.
Una situación que, a su juicio, provocaría que más personas, sobre todo quienes no quieren enfrentar un proceso penal, incurran en esta práctica para exponer su descontento por distintas problemáticas como la falta de agua, energía eléctrica, desempleo, entre otras.
6
años, condena máxima para quienes cubran sus rostros y cometan actos violentos en manifestaciones pacíficas.
37
artículo de la Constitución que faculta a los ciudadanos a emitir sus opiniones libremente.
Agregó que las autoridades deben recordar que en el país ya existen disposiciones legales para castigar las acciones violentas que se registren dentro de las protestas sociales y trabajar sobre ello, obviando nuevos parámetros que pueden percibirse como un atentado a las libertades civiles.
La propuesta, según el abogado Alfredo Vallarino, aunque tiene otras intenciones, puede prestarse para sancionar a personas inocentes que se tapen el rostro, pero no precisamente con intenciones de dañar, sino para protegerse de los gases lacrimógenos; en ese sentido, es importante que se discutan a fondo sus implicaciones y excepciones.
“La buena voluntad que tiene la ley tiene que quedar muy muy clara”, dijo.
Por su parte, la ministra Dinoska Montalvo, en la presentación del documento ante la Asamblea Nacional, aseguró que el propósito de la iniciativa es evitar que quienes se manifiestan pacíficamente enfrenten procesos judiciales por culpa de terceros.
"Esta ley defiende al que está participando en una manifestación y evita que desvirtúen una lucha real", puntualizó.

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