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Ley sobre acoso ha sido olvidada

Casi cinco años después de sancionada la Ley 7 de 14 de febrero de 2018, la misma ha quedado en letra muerta sin haber sido reglamentada.

Francisco Paz - Actualizado:

La legislación iba dirigida a erradicar el hostigamiento y acoso laboral en las oficinas privadas. Foto ilustrativa

Casi cinco años después de sancionada la Ley 7 de 14 de febrero de 2018, la misma ha quedado en letra muerta sin ni siquiera haber sido reglamentada.

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Esta norma, creada al calor de un intenso debate, obliga a todo empleador, institución pública y centro de enseñanza oficial o particular a establecer una política interna que prevenga, evite, desaliente y sancione las conductas de hostigamiento, acoso sexual o moral, racismo y sexismo.

"Es triste, porque esa ley nos colocaba a la vanguardia en estos ámbitos", lamentó la profesora Anayansi Turner, de la Universidad de Panamá.

En el caso del Ministerio de Educación (Meduca) la entidad debía regular la legislación en los centros educativos sobre lo relacionado a actos discriminatorios y bullying.

"Cada escuela tenía que emitir un reglamento que regulara todos estos temas y hubiese un procedimiento donde la víctima pudiera acudir y se le investigara su caso y se sancionara a los responsables", explicó la catedrática.

En el caso de la Universidad de Panamá (UP) era la encargada de hacer cumplir la ley a lo interno y en las universidades particulares.

"Si se regula el acoso sexual en el caso de los profesores, pero las disposiciones están desfasadas, ya que se refieren a acosos leves, cuando la ley es clara al decir que el castigo será la destitución", indicó la docente universitaria.

En torno a la regulación de la ley en las empresas privadas, esta le corresponde al Ministerio de Trabajo y Desarrollo Laboral.

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Convenio

La Ley 7 ahora es respaldada por el Convenio 190 de la Organización Internacional de Trabajo (OIT), que reconoce el derecho de toda persona a un mundo laboral libre de violencia y acoso, incluidos la violencia y el acoso por razón de género.

Será vinculante para Panamá desde 2023 y Turner destacó que los sindicatos tienen el compromiso de estar vigilantes de que se cumpla.

Hechos recientes sobre denuncias de acoso laboral en la UP o casos de Bullying en las escuelas se hubieran podido resolver si se establecen los protocolos de atención que contempla la Ley 7.

Compuesta de 21 artículos, el Órgano Ejecutivo debía reglamentar la Ley en un término no mayor de 180 días calendario, contado a partir de su entrada en vigencia.

Multas

Su incumplimiento acarrea multas de $550 a $1 000.00 para la empresa, impuesta por la autoridad jurisdiccional de trabajo, cada vez que se falle un caso en que se sancione por alguna las conductas previstas en esta Ley.

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