Panamá
Profesiones liberales están exentas de usar facturación electrónica
- Francisco Paz
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El expresidente del Colegio de Abogados consideró el fallo de importante, pues reconoce que las profesiones liberales tienen un marco normativo de protección.
"Los servicios prestados en ejercicio de profesiones liberales, artesanales y artísticas, en forma independiente o a través de sociedades civiles se encuentran exceptuados del uso de equipos fiscales o del Sistema de Facturación Electrónica de Panamá", dicta un fallo de la Corte Suprema de Justicia, fechado el pasado 17 de julio.
De esta forma, el Supremo le da la razón a abogados, profesionales, artesanos y artistas, que desde que se aprobó la Ley 256 de 26 de noviembre de 2021 emprendieron una lucha contra su inclusión dentro de la facturación electrónica.
El expresidente del Colegio Nacional de Abogados, Juan Carlos Araúz, quien fue el que elaboró la demanda de inconstitucionalidad, presentada a nombre del gremio por su actual presidenta, Maritza Cedeño Vásquez, consideró el fallo de importante, debido a que reconoce que las profesiones liberales tienen un marco normativo de protección.
"Es una norma que nunca debió darse y a pesar de los esfuerzos para explicarle a las autoridades, tuvo que ser por medio de este fallo que se lograra eliminar la obligación de utilizar la factura electrónica", dijo.
Araúz destacó que el artículo 40 de la Constitución es el paraguas de las profesiones liberales, artesanos, artistas y quienes ejercen un oficio, lo que destaca su valor con el fallo.
La mayoría de los magistrados concluyó en que la Ley 256 violentó el tratamiento diferenciado que se les da a las profesiones liberales con relación al resto de los contribuyentes por la naturaleza de su prestación.
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256
Número de la Ley que obligaba a estos profesionales a utilizar la facturación electrónica.
2022
Año en que abogados y otros profesionales se movilizaron contra la norma.
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