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Judicial / Corte suspende potestad de Ministerio de Ambiente de manejar fondos del Parque Nacional Coiba

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Corte Suprema de Justicia / Emilio Sempris / Isla Coiba / MiAmbiente / Ministerio de Ambiente

Corte suspende potestad de Ministerio de Ambiente de manejar fondos del Parque Nacional Coiba

Actualizado 2019/06/07 11:39:02
  • Redacción / nacion.pa@epasa.com / @PanamaAmerica

El fallo de la Corte Suprema de Justicia se da tras una demanda de nulidad interpuesta por el Centro de Incidencias Ambiental (Ciam) en junio de 2018.

Los efectos del numeral 8 del Artículo 10 quedan suspendidos hasta que se resuelva de forma definitiva la demanda de nulidad.

Los efectos del numeral 8 del Artículo 10 quedan suspendidos hasta que se resuelva de forma definitiva la demanda de nulidad.

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La Corte Suprema de Justicia (CSJ) ordenó la suspensión provisional del numeral 8 del Artículo 10 el cual le permitía a Ministerio de Ambiente, como presidente del Consejo Directivo, la atribución de “recibir, recaudar, manejar, administrar, invertir, custodiar y autorizar el uso del fondo del Parque Nacional Coiba”.

El fallo de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) se da tras una demanda de nulidad interpuesta por el Centro de Incidencias Ambiental (Ciam) en junio de 2018, quienes también presentaron una denuncia penal en septiembre de 2018 contra los funcionarios que aprobaron el Estudio de Impacto Ambiental para la ejecución del proyecto de rehabilitación de una pista de aterrizaje en la Isla Coiba.

La Resolución del 27 de mayo de 2019 dictado por la Sala tercera de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) dirigida a Emilio Sempris, Ministro de Ambiente y presidente del Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba, explica que mediante la suspensión provisional de los efectos del numeral 8 del artículo 10 del Acuerdo No. 001 de 20 de diciembre de 2017, el Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba, adopta su Reglamento Interno, publicado en Gaceta Oficial 28,440 de 8 de enero de 2018".

VEA TAMBIÉN: Defensa de Ricardo Martinelli solicitará su liberación, a pesar de medidas dilatorias de la Fiscalía

Todos los efectos del numeral 8 del Artículo 10 quedaran suspendidos provisionalmente hasta que se resuelva de forma definitiva la DEMANDA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVA DE NULIDAD, interpuestas por las licenciadas María Soledad Porcell Mancilla y Luisa Araúz Arredondo.

ÚLTIMa HORA: La Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia suspendió provisionalmente el numeral 8 del artículo 10 del Reglamento del Consejo Directivo del Parque Nacional Coiba gracias a una demanda de nulidad interpuesta por el CIAM. #coiba #ciampanama pic.twitter.com/O7eSLtPj1x — CIAM Panamá (@ciampanama) June 7, 2019

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