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Magistrados del Tribunal Electoral consuman fraude electoral

Conocedores en materia electoral, entre ellos el fiscal electoral, la juez Quinta Electoral, Elvia María Rengifo, y hasta la magistrada suplente Myrtha Varela de Durán plantearon con anterioridad que no había impedimento legal para que el expresidente aspirara a los dos cargos en las próximas elecciones.

Redacción/nacion.pa@epasa.com/@PanamaAmerica - Actualizado:

El expresidente Ricardo Martinelli mantiene desde el 19 de octubre de 1993 su registro domiciliario en el corregimiento de San Francisco, distrito de Panamá.

El pleno del Tribunal Electoral (TE) , con el salvamento de voto del magistrado  Heriberto Arauz, emitió un fallo mediante el cual  admite la impugnación y se decide que el expresidente Ricardo Martinelli  no puede aspirar  a las candidaturas de alcalde de la ciudad capital y diputación por el circuito 8-8.

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El fallo fue publicado en el mural de la sede principal del Tribunal Electoral y plantea que para el caso de alcalde de la ciudad capital se queda como candidato Sergio "Chello" Gálvez y como candidata principal para la curul del 8-8  Mayín Correa. Ambos correrán sin sus respectivos suplentes.

La decisión de dejar por fuera de  la contienda a Ricardo Martinelli se da 10 días antes de las elecciones del 5 de mayo.

La decisión fue catalogada por diversos sectores como un fraude electoral fraguado por los magistrados del Tribunal Electoral.

El jefe de campaña del expresidente Ricardo Martinelli, Héctor Rudas catalogó esa decisión como un fraude electoral que atenta contra la democracia por la cual muchos sectores lucharon contra la dictadura militar.

Por su parte  la dirigente política Gina Correa lamentó la decisión de los magistrados y dejó que es un duro golpe a los panameños.

El pasado martes 16 de abril  el abogado Jorge Hernán Rubio, presentó un recurso de apelación contra el fallo de Elvia María Rengifo, Juez Quinta Electoral, mediante el cual desestimó la demanda de impugnación contra las candidaturas de Ricardo Martinelli para diputado en el circuito 8-8 y alcalde de Panamá por los partidos Cambio Democrático (CD) y Alianza.

Durante la audiencia del 11 de abril  la jueza Quinta Electoral, Elvia Rengifo, rechazó por improcedentes  las demandas de impugnación contra las candidaturas para alcalde del distrito de Panamá  y diputado del expresidente Ricardo Martinelli.

En esa aduiencia el fiscal electoral, Eduardo Peñaloza planteó   en sus alegatos (ni siquiera completó los 15 minutos que le asignó la jueza Quinta), y atacó directamente los dos puntos de controversia que habían sido anunciados al inicio de la audiencia.

En el primero de ellos, indicó que Ricardo Martinelli sí cumple con el tema de "paridad" en sus postulaciones tanto en Cambio Democrático (CD) como en Alianza, y citó como sustento las certificaciones de las Secretarías de la Mujer de estos colectivos.

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En la segunda controversia, la de mayor polémica, Eduardo Peñaloza de igual forma sustentó que el expresidente Ricardo  Martinelli "cumple a cabalidad" con el tiempo de residencia electoral de un año antes de las elecciones o postulaciones en la circunscripción donde va a correr, en el circuito 8-8 para diputado, y para alcalde en el distrito capital.

Eduardo Peñaloza destrozó los argumentos, principalmente del impugnante Jorge Hernán Rubio, quien alega que Ricardo  Martinelli vivió en Miami y luego en la cárcel El Renacer.

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El 18 de abril  el juzgado quinto electoral, a través de Mónica Manzanares , notificó al fiscal  general electoral Eduardo Peñaloza de la apelación presentada en el Tribunal Electoral (TE) por parte del abogado Jorge Hernán Rubio sobre  el proceso al expresidente Ricardo Martinelli.

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