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Sociedad / A partir de hoy empieza a regir el uso medicinal y terapéutico del cannabis en Panamá

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Cannabis medicinal / Ley / Medicamento / Panamá

Panamá

A partir de hoy empieza a regir el uso medicinal y terapéutico del cannabis en Panamá

Publicado 2021/10/17 07:30:00
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • @panamaamerica

El Órgano Ejecutivo tendrá un plazo de 90 días para la reglamentación de la norma, contados a partir de la fecha en que fue promulgada.

La nueva ley fue sancionada el pasado 13 de octubre.

La nueva ley fue sancionada el pasado 13 de octubre.

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A partir de hoy empezó a regir el uso medicinal y terapéutico del cannabis en Panamá.

La Ley 242, que fue sancionada el pasado miércoles 13 de octubre, fue publicada en la Gaceta Oficial ayer viernes.

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En su Artículo 83 se establece que la nueva ley empezará a regir el día siguiente al de su promulgación.

El Órgano Ejecutivo tendrá un plazo de 90 días para la reglamentación de la norma, contados a partir de la fecha en que fue promulgada.

La nueva norma establece que el registro de pacientes deberá cumplir con estrictos requerimientos como la certificación del médico tratante y la información pormenorizada de la enfermedad que sufre, las dosis que requiere y la regularidad con que se aplica.

Y para ejercer un control sobre el uso de estos productos, el Ministerio de Seguridad Pública, a través de la Oficina de Estrategias y Seguimiento a la Seguridad Nacional, expedirá las licencias para su importación, exportación, comercialización y uso de semillas de cannabis para su siembra y cultivo con el fin de tener un estricto uso medicinal.

Las empresas que logren una licencia de esta naturaleza deberán tener solvencia moral y económica, garantizar que la actividad relacionada con el cannabis no sufrirá desvíos, abusos o conductas ilegales.

Para garantizar estas exigencias, las autoridades estarán en capacidad de acceder a sus libros financieros con el fin de supervisar sus actividades.

"Los establecimientos farmacéuticos privados y los establecimientos de salud pública deberán abastecerse de laboratorios certificados con licencia de fabricación de derivados de cannabis en Panamá o en el país de origen de la importación. Se prohíbe la comercialización a domicilio o vía internet, así como la comercialización o venta de los preparados farmacéuticos en tiendas naturistas, consultorios profesionales y fuera del establecimiento farmacéutico autorizado y certificado", plantea el artículo 16 de la nueva ley.

VEA TAMBIÉN: Registro oficial sobre ofensores sexuales se usará para fines laborales

Desacarga el PDF para ver la Ley 242 del 13 de octubre de 2021

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