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Sociedad / A partir de hoy empieza a regir el uso medicinal y terapéutico del cannabis en Panamá

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Cannabis medicinal / Ley / Medicamento / Panamá

Panamá

A partir de hoy empieza a regir el uso medicinal y terapéutico del cannabis en Panamá

Actualizado 2021/10/17 08:38:37
  • Redacción
  •   /  
  • nacion.pa@epasa.com
  •   /  
  • @panamaamerica

El Órgano Ejecutivo tendrá un plazo de 90 días para la reglamentación de la norma, contados a partir de la fecha en que fue promulgada.

La nueva ley fue sancionada el pasado 13 de octubre.

La nueva ley fue sancionada el pasado 13 de octubre.

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A partir de hoy empezó a regir el uso medicinal y terapéutico del cannabis en Panamá.

La Ley 242, que fue sancionada el pasado miércoles 13 de octubre, fue publicada en la Gaceta Oficial ayer viernes.

En su Artículo 83 se establece que la nueva ley empezará a regir el día siguiente al de su promulgación.

El Órgano Ejecutivo tendrá un plazo de 90 días para la reglamentación de la norma, contados a partir de la fecha en que fue promulgada.

La nueva norma establece que el registro de pacientes deberá cumplir con estrictos requerimientos como la certificación del médico tratante y la información pormenorizada de la enfermedad que sufre, las dosis que requiere y la regularidad con que se aplica.

Y para ejercer un control sobre el uso de estos productos, el Ministerio de Seguridad Pública, a través de la Oficina de Estrategias y Seguimiento a la Seguridad Nacional, expedirá las licencias para su importación, exportación, comercialización y uso de semillas de cannabis para su siembra y cultivo con el fin de tener un estricto uso medicinal.

Las empresas que logren una licencia de esta naturaleza deberán tener solvencia moral y económica, garantizar que la actividad relacionada con el cannabis no sufrirá desvíos, abusos o conductas ilegales.

Para garantizar estas exigencias, las autoridades estarán en capacidad de acceder a sus libros financieros con el fin de supervisar sus actividades.

"Los establecimientos farmacéuticos privados y los establecimientos de salud pública deberán abastecerse de laboratorios certificados con licencia de fabricación de derivados de cannabis en Panamá o en el país de origen de la importación. Se prohíbe la comercialización a domicilio o vía internet, así como la comercialización o venta de los preparados farmacéuticos en tiendas naturistas, consultorios profesionales y fuera del establecimiento farmacéutico autorizado y certificado", plantea el artículo 16 de la nueva ley.

VEA TAMBIÉN: Registro oficial sobre ofensores sexuales se usará para fines laborales

Desacarga el PDF para ver la Ley 242 del 13 de octubre de 2021

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