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Economía / Empresas que no reporten sus vacantes serán sancionadas

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Panamá América Panamá América Sábado 13 de Diciembre de 2025
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Empleados / Empleo / Mitradel / Panamá / Trabajadores

Panamá

Empresas que no reporten sus vacantes serán sancionadas

Actualizado 2024/05/08 11:04:51
  • Karol Elizabeth Lara
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Las multas van de 50 a 150 dólares. Este semana se realizó la primera reunión del Consejo Consultivo del Servicio Público de Empleo.

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La reglamentación del Servicio Público de Empleo norma un proceso que estaba creado desde el Código de Trabajo. Foto: Cortesía

La reglamentación del Servicio Público de Empleo norma un proceso que estaba creado desde el Código de Trabajo. Foto: Cortesía

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Las empresas privadas tendrán que reportar las plazas de trabajo que tengan disponibles, una estrategia que busca mejorar el acceso laboral y conocer las necesidades del mercado. Esta, además, forma parte de uno de los múltiples puntos que contempla el Servicio Público de Empleo de Panamá.

El director nacional de Empleo del Ministerio de Desarrollo Laboral (Mitradel), Alfredo Mitre, explicó que el decreto que reglamenta el Servicio Público de Empleo determina directrices para que las empresas privadas hagan el reporte de las vacantes y para que los buscadores de empleo puedan reportar sus habilidades con el fin de promover una intermediación efectiva para la generación de relaciones de trabajo formales.

En el VI y último capítulo del Decreto Ejecutivo No. 3 del 22 de abril de 2024 se establecen disposiciones para que las empresas publiquen las vacantes en un tiempo determinado y para que los buscadores de empleo asistan a la propuesta laboral que alguna empresa le ofrezca. 

Las empresas que no reporten al Servicio Público de Empleo sus vacantes y los datos de las personas contratadas en un plazo no superior a un mes de haberse producido  la vacante o contratación serán sancionados con multas.

La primera vez será por un monto de 50 dólares, la segunda por 100 dólares y la tercera vez con 150 dólares. Las multas serán aplicadas por cada trabajador o vacante dejada de reportar.

Mientras que si una persona que busca trabajo no concurre o se rehúsa al empleo ofrecido, sin causa justa, se le cancelará su inscripción en este sistema y no podrá renovarla por tres meses.

El  registro de  las vacantes también permitirá identificar aquellas que no se pueden suplir por falta de habilidades de mano de obra panameña, para que luego con clases y cursos de formación se puedan dotar.

"Este servicio viene a reemplazar este mito de  tendencias por datos e información real. En su momento este servicio dará datos de los desempleados, su formación y experiencia. Con esos datos se pueden tomar  decisiones de planes de empleabilidad", agregó.

Esta semana se desarrolló la primera reunión del Consejo Consultivo del Servicio Público de Empleo. Este consejo tripartito está compuesto por trabajadores, empleadores y el gobierno. Además ha incorporado a representantes del sector académico como el Ministerio Educación, Consejo de Rectores y Ciudad del Saber. 

"Con esta reglamentación de la norma enrumbamos las acciones que como sociedad desarrollamos. El Servicio Público sirve para ayudar a que el mercado laboral pueda entender  hacia a dónde va y  nosotros   vamos a servirles a tanto empresas como buscadores de empleo para  que podamos articular esfuerzos y llenar las vacantes", dijo la ministra de Trabajo, Doris Zapata.  

Actualmente, la mayoría de los empleos, según ha manifestado el Servicio Público, están condicionados a conocimientos técnicos en computación.

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La reglamentación del Servicio Público de Empleo  confiere seguridad jurídica y norma un proceso que estaba creado desde el Código de Trabajo, pero que no se había implementado con un marco legal robusto hasta ahora.

La próxima reunión del Consejo Consultivo del Servicio Público de Empleo de Panamá tiene previsto realizarse en octubre de 2024. El decreto establece que deben realizarse al menos dos reuniones por año.

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