Skip to main content
Trending
Alain Cedeño, dispuesto a ir por la presidencia si Martinelli no correMercado San Felipe Neri y Mercado de Mariscos cerrarán el lunes 5 de enero del 2026Mida anuncia que certificación de semillas de arroz genera ingresos por B/.18 millones para productoresIma anuncia megaferias de arroz en varios puntos del paísMinistra de Gobierno aclara: rebaja de pena sí, indultos no
Trending
Alain Cedeño, dispuesto a ir por la presidencia si Martinelli no correMercado San Felipe Neri y Mercado de Mariscos cerrarán el lunes 5 de enero del 2026Mida anuncia que certificación de semillas de arroz genera ingresos por B/.18 millones para productoresIma anuncia megaferias de arroz en varios puntos del paísMinistra de Gobierno aclara: rebaja de pena sí, indultos no
  • Actualidad
    • Política
    • Sociedad
    • Judicial
    • Provincias
    • Mundo
    • Aldea Global
    • Sucesos
  • Opinión
    • Columnistas
    • Confabulario
    • El Pulso
    • Trazo del día
    • Doña Perla
  • Economía
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
    • Videos
  • Especiales
  • e-PAPER
  • Contenido Premium
  • Recetas
  • Cine
Panamá América Panamá América
Inicio

Judicial / CSJ declara inconstitucional tope del décimo de funcionarios

1
Panamá América Panamá América Sábado 27 de Diciembre de 2025
  • Secciones
  • Actualidad
  • Opinión
  • Economìa
  • Variedades
  • Deportes
  • Tecnología
  • Multimedia
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
  • x
  • Mi cuenta
  • Mi perfil
  • Mis Noticias
  • Prémiate
  • Mis boletines
  • Seguridad
  • x
  • Notificaciones
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Corte Suprema de Justicia / Décimo tercer mes / Inconstitucionalidad / Panamá / Salarios

Panamá

CSJ declara inconstitucional tope del décimo de funcionarios

Actualizado 2024/02/01 18:10:06
  • Redacción / nacion.pa@epasa.com / PanamaAmerica

La norma acusada de inconstitucionalidad establece un trato diferente entre los trabajadores del sector privado y los servidores públicos.

Corte Suprema de Justicia. Foto: Archivo

Corte Suprema de Justicia. Foto: Archivo

Noticias Relacionadas

  • 1

    Reportan la desaparición del cardenal José Luis Lacunza

  • 2

    ¿Qué sucedió con 'Matador' el domingo? Primo zanja rumores

  • 3

    Derecho electoral de RM busca ser afectado

El Pleno de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró inconstitucional, de forma unánime, el establecimiento de un tope salarial para el cálculo del décimo tercer mes de los funcionarios públicos.

Esta decisión fue tomada tras presentarse, ante el Pleno, dos demandas de inconstitucionalidad contra los numerales 1 y 2 del artículo 1 de la Ley 52 de 16 de mayo de 1974, “por la cual se instituye el XIII mes para los servidores públicos”, modificada por la Ley 133 de 31 de diciembre de 2013.

El abogado Martín Molina Rivera demandó los numerales 1 y 2 del artículo 1 de la mencionada ley que señalan que “para los servidores públicos que devengan un salario mensual hasta de 550 dólares mensuales se tomará como base la totalidad del sueldo del respectivo servidor público”, y que “los servidores públicos que devenguen un salario superior a los 550 dólares mensuales se les tomará como base únicamente esta suma”.

Por su parte, los abogados José Isabel Quintero, Víctor Castillo Ortega, Franchiska Kamani Ávila y Joel De León Quintero también interpusieron un recurso de inconstitucionalidad contra el numeral 2.

Luego de analizadas las demandas, y al tratarse del mismo tema, el magistrado ponente, Olmedo Arrocha Osorio, decidió acumularlas a fin de sustanciar y fallar en una sola sentencia.

Según los demandantes, ambos numerales violan los artículos 19 y 20 del Título III de la Constitución Política, sobre los derechos y deberes individuales y sociales, y el artículo 24 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que trata de la Igualdad ante la Ley.

Agregan que la norma acusada de inconstitucionalidad establece un trato diferente entre los trabajadores del sector privado y los servidores públicos, para efecto del pago de un mismo derecho como es el XIII mes.

El Pleno, en las consideraciones de este fallo, afirma que “los principios de igualdad y no discriminación son las piedras angulares del derecho internacional, y al mismo tiempo son los derechos humanos más ampliamente reconocidos y establecidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos”.

Añade que la Constitución panameña, “al proclamar la igualdad como un valor superior del ordenamiento, no se limita a consagrarla en el plano del tratamiento jurídico. La igualdad ha sido considerada también en el plano laboral”.

La sentencia dice además que “el Estado está en la obligación de pagar por la prestación de un trabajo de igual valor, el mismo salario, y si a ese mismo trabajador se le ha reconocido el mismo derecho de bonificación, no puede existir un tratamiento distinto al momento de calcular esa bonificación so pretexto de pertenecer a sectores diferentes (público y privado), pues es una conducta claramente discriminatoria”.

Respecto a la repercusión sobre el Presupuesto General del Estado derivado de honrar sin discriminación el derecho al décimo tercer mes de los trabajadores al servicio del Estado, considera que es un tema de planificación financiera por parte del Ministerio de Economía y Finanzas,  y de los organismos competentes de elaborar los proyectos de presupuestos de cada institución del Estado, “ya que no tiene sentido la continuidad de este estado de cosas, cuando el presupuesto ha aumentado 40 veces desde 1974, con relación al aumento tope que ha sido solo del 30 %, es decir, el monto tope (550 dólares) está por debajo del salario mínimo”.

Suscríbete al newsletter #AlDíaConPanamáAmérica

Las noticias que importan directo a tu inbox

 

¡Mira lo que tiene nuestro canal de YouTube!

Google noticias Panamá América

Para comentar debes registrarte y completar los datos generales.

#TABOOLA
Clasiguía
Clasiguía

Contenido Patrocinado

Sucursal de Davivienda, ubicada en El Dorado. Foto: Cortesía

Davivienda integra las operaciones de Scotiabank en Panamá

Cevaxin explica por qué las vacunas son esenciales desde los primeros meses de vida

Multifood Enterprises, empresa del grupo comercial de Budy Attie, anuncia expansión gastronómica de lujo y casual para 2026: Capital Grille y Shake Shack a la cabeza

IFX llevará Starlink a su portafolio para impulsar la conectividad empresarial en América Latina

Así es como los casinos moldearon las normativas de juego en Panamá

Últimas noticias

Alain Cedeño, dispuesto a ir por la presidencia si Martinelli no corre

Mercado San Felipe Neri y Mercado de Mariscos cerrarán el lunes 5 de enero del 2026

Mida anuncia que certificación de semillas de arroz genera ingresos por B/.18 millones para productores

Ima anuncia megaferias de arroz en varios puntos del país

Ministra de Gobierno aclara: rebaja de pena sí, indultos no

Lo más visto

Mayer Mizrachi sufrió un fraude por 3 mil dólares.

Mizrachi expone trabas con BG tras sufrir fraude con tarjeta de crédito; nuevo banco se puso a su disposición

confabulario

Confabulario

Los residentes fueron evacuados de los edificios. Foto: Cortesía

Incendio en sótano del PH Vivendi obliga a evacuar torres en Plaza Edison

María Eugenia López, presidenta de la Corte Suprema de Justicia. Foto: Cortesía

Partido RM: 'López ha demostrado un craso desconocimiento por el respeto a la ley'

 "Snowland Panamá" está en medio de una ola de quejas por publicidad engañosa.

Snowland Panamá sigue en medio de las críticas tras no cumplir lo prometido

Columnas

Confabulario
Confabulario

Confabulario

Doña Perla
Doña Perla

La columna de Doña Perla

Panamá América
El Pulso

El Pulso

Trazo del día
Trazo del Día

Trazo del Día

Newsletter



Panamá América
  • Siguenos en:
  • videos
  • premium
  • e-papper
  • mis noticias
Buscar
Mapa del sitio
Clasificados
Publicidad
Grupo EPASA
Crítica
Día a Día
Mujer
Cine
Recetas
Impresos

Miembro de:

Miembro del PAL
Sociedad de prensa
Grupo EPASA

Todos los derechos reservados Editora Panamá América S.A. - Ciudad de Panamá - Panamá 2025.

Prohibida su reproducción total o parcial, sin autorización escrita de su titular.

Utilizamos cookies propias y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Puede cambiar la configuración u obtener más información "aquí".