Brasil
Justicia dicta prohibiciones a exdirectivos de Odebrecht
La medida cautelar planteada por la defensa del expresidente Ollanta Humala para que los exdirectivos no declaren fue acogida por el Tribunal Supremo.
- Redacción/[email protected]/@panamaamerica
- - Actualizado: 18/8/2023 - 03:30 pm
El Supremo Tribunal Federal, máxima instancia judicial de Brasil, ha prohibido cautelarmente que los exejecutivos de Odebrecht declaren en el juicio seguido a Ollanta Humala y a su esposa Nadine Heredia, por lavado de activos, sobre pruebas invalidadas por las autoridades de justicia de ese país.
Estas pruebas son las vinculadas a los servidores encriptados MyWebDay y Drousys, que contienen la contabilidad paralela y las comunicaciones internas de la empresa.
De acuerdo con la prensa internacional, el exdirector ejecutivo de la constructora, Marcelo Odebrecht, y su antiguo representante en Perú, Jorge Barata, tienen programadas sus tomas de declaración el 4 y 5 de septiembre.
Los ejecutivos deberán ratificar la acusación del Ministerio Público, que pide 20 años de prisión para el expresidente y 26 para la ex primeradama, por recibir US$ 3 millones en efectivo durante la campaña electoral de 2011. Otros cinco exejecutivos relacionados a la constructora también están en la nómina de testigos.
Aunque las diligencias ya habían sido aprobadas por el Superior Tribunal de Justicia de Brasil, esta semana el magistrado José Antonio Dias Toffoli, del STF, acogió una medida cautelar de la defensa de Humala.
Los abogados argumentaron que la decisión de la sede inferior permitiría que el sistema peruano pregunte a los testigos, a través de videoconferencia, sobre la planilla contable "POSICAO – ITALIANO310712MO.xls". Esta contiene el detalle de los desembolsos del financiamiento ilícito, pero se encuentra entre los servidores invalidados.
La defensa recalcó que autorizar la realización del acto cooperacional equivaldrá a cooperar con la continuidad de un proceso penal basado en prueba ilícita, indiscutiblemente inidónea, conforme ya ha reconocido este Supremo Tribunal Federal.
El magistrado Dias Toffoli señala además que los elementos de convicción recogidos de MyWebDay y Drousys, entregados por Odebrecht como parte de su acordo de leniencia (acuerdo de colaboración) y que forman parte de la acusación peruana, "resultan nulos, prohibiéndose, en consecuencia, la práctica de los actos instructorios de estos derivados".
El juez Dias Toffoli no solo concedió la medida cautelar, sino que también declaró la "impresentabilidad" de las pruebas obtenidas de los sistemas Drousys y MyWebDay, que constan en el acuerdo de colaboración de Odebrecht. También comunicó su decisión al Ministerio de Justicia de Brasil, para que este notificara al gobierno peruano el fallo.
Se prevé que no se lleven a cabo las diligencias testimoniales en lo inmediato, que son en septiembre, y se precisen los alcances de esa decisión.
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