Panamá
Prohíben a Edunar-54 mencionar en sus redes sociales a la exprocuradora Kenia Porcell
La decisión de la Jueza fue considerada por el abogado de Edunar-54, Kevin Moncada, como un atropello a la libertad de expresión, porque Porcell pretende que después de ocupar un puesto tan alto y delicado, nadie pueda criticar su gestión.
- Luis Miguel Avila
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- - Actualizado: 17/3/2021 - 06:58 am
La jueza de garantías del Primer Circuito Judicial de Panamá, Irene Cedeño, le prohibió a Eduardo Narváez (Edunar-54) que publique en sus redes sociales notas que la exprocuradora Kenia Porcell pueda considerar que afectan su integridad y pudor.
La decisión de la Jueza fue considerada por el abogado de Edunar-54, Kevin Moncada, como un atropello a la libertad de expresión, porque Porcell pretende que después de ocupar un puesto tan alto y delicado, nadie pueda criticar su gestión.
En una audiencia celebrada ayer se le imputaron cargos a Edunar-54 por delitos contra la integridad personal (violencia de género), derivados de la públicación de unas fotos.
Moncada calificó el caso como un capítulo de "Chespirito" y le preguntó al procurador encargado, Javier Caraballo, si tiene conocimiento de que sus fiscales arman casos para satisfacer los "caprichos" de la administración pasada.
El jurista anunció que apeló la decisión, que fue solicitada por el Ministerio Público, y que estará pendiente de su resolución a finales del presente mes.
Precisó que apeló porque Porcell podría interpretar mañana que Edunar-54 atenta contra su pudor, si dice que ella no investigó bien los casos de alto perfil en su administración.
Kevin Moncada afirmó que la decisión en contra de Eduardo Narváez es una violación a los derechos humanos, porque pretende coartarle su libertad de expresión.'
25
de enero de 2019, Edunar-54 publicó fotos en sus redes que motivaron la denuncia de Kenia Porcell.
22
de marzo, será la audiencia de apelación.
El Órgano Judicial justificó la medida al afirmar que la misma se tomó luego de que la jueza Cedeño escuchó los argumentos del Ministerio Público y la defensa y llegó a la conclusión de que existen los requisitos suficientes para imponer medidas cautelares.
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Sustentó que esto quedó establecido en un fallo del Pleno de la Corte Suprema de Justicia, que confirmó la decisión del Primer Tribunal Superior de Justicia sobre un Amparo de Garantías Constitucionales interpuesto por la fiscalía contra la no formulación de imputación de cargos a Eduardo Narváez.
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