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Judicial / Rechazan por improcedente reconsideración presentada por los querellantes contra la Sala Penal que negó casación en caso 'Pinchazos'

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Caso Ricardo Martinelli / Corte Suprema de Justicia / Pinchazos telefónicos / Querella

¡Atención!

Rechazan por improcedente reconsideración presentada por los querellantes contra la Sala Penal que negó casación en caso 'Pinchazos'

Actualizado 2020/09/03 14:54:23
  • Luis Ávila
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Las magistradas Maribel Cornejo, María Eugenia López y Asunción Alonso, de forma unánime rechazaron dicha recusación presentada por el abogado Carlos Herrera Morán en representación de los querellantes Mauro Zuñiga, Balbina Herrera y Mitchel Doens.

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Ricardo Martinelli fue declarado no culpable el 9 de agosto del año pasado.

Ricardo Martinelli fue declarado no culpable el 9 de agosto del año pasado.

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El recurso de reconsideración presentado por los querrellantes contra la decisión de la Sala Penal de la Corte Suprema de no admitir la casación presentada contra el fallo que declaró no culpable a Ricardo Martinelli en el fallido caso "Pinchazos",  fue rechazado de plano por improcedente.

Las magistradas Maribel Cornejo, María Eugenia López y Asunción Alonso, de forma unánime rechazaron dicha recusación presentada por el abogado Carlos Herrera Morán en representación de los querellantes Mauro Zuñiga, Balbina Herrera y Mitchel Doens.

A principios del mes de agosto, en un fallo de 47 páginas, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia desarmó los argumentos presentados en la casación contra la decisión que declaró no culpable al expresidente Ricardo Martinelli en el Caso Pinchazos, y declinó competencia para conocer dos recursos de anulación.

La Corte rechazó supuestas infracciones constitucionales por parte del Tribunal de Juicio Oral que actúo en el caso seguido a Martinelli.

El 9 de agosto del año pasado, un Tribunal de Juicio declaró no culpable a Martinelli en el Caso Pinchazos, por utilizar un "testigo protegido" sospechoso que generaba desconfianza y destacó que en la investigación hubo una maquinaria fiscal errática, ineficiente, incapaz y violadora de derechos humanos.

A la Sala Penal únicamente le correspondía valorar si admitía o no las causales de casación presentadas, y de haberse admitido, habría que pedir la opinión del Procurador de la Nación, luego celebrar una audiencia, para adoptar una decisión sobre si se casaba o no la decisión del Tribunal de Juicio. De haberse casado la sentencia de no culpabilidad, se debía celebrar otro juicio. Pero la Sala Penal, mayoritariamente, decidió no admitir el recurso de casación.

En su momento, fuentes consultadas comentaron que no se extrañaron de la decisión de la Sala Penal, luego de que el exmagistrado Harry Díaz, nuevamente hiciera públicos comentarios alejados de la ética, de una elemental cortesía y de la objetividad, acerca de la decisión adoptada el 9 de agosto de 2019 por el Tribunal de Juicio.

Se espera que en menos de 2 semanas, deberá fijarse y celebrarse la audiencia en el Tribunal Superior de Apelaciones, acerca de los dos recursos de anulación presentados por la Fiscalía y por el abogado Rosendo Rivera.'

VEA TAMBIÉN: Tony Barclay: 'Cadenas de cine en Panamá están preparadas para su reapertura'

La decisión del Tribunal de Juicio del 9 de agosto de 2019 dependerá ahora de tres magistrados del Tribunal Superior de Apelaciones, que deberán adoptar una postura luego de escuchar a la Fiscalía, al abogado Rosendo Rivera y a la defensa de Martinelli.

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