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Funcionarios no han cumplido con declaración de intereses

La directora de Antai reveló que de 20 mil servidores obligados a presentar su declaración jurada, solo 2,000 lo han hecho y el periodo vence el 5 de abril.

Francisco Paz - Actualizado:

Antai está recorriendo el país, ya que es la primera vez que se aplica la norma. Foto: Cortesía Antai

Sólo 10% de los servidores públicos obligados han entregado su declaración jurada de intereses particulares, como exige la Ley 316 de 18 de agosto de 2022 que regula conflicto de intereses en la gestión pública.

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La zarina anticorrupción, Elsa Fernández, reconoció que están en una carrera contra el tiempo ya que el próximo 5 de abril vence el periodo reglamentario para sean entregados los documentos.

“Desde el 6 de abril se inicia un proceso administrativo, que tiene como consecuencia tres meses sin salario para los que no hayan cumplido con la norma”, informó la directora de la Autoridad de Transparencia y Acceso a la Información (Antai).

Personal de la entidad está acudiendo a las ciudades del interior del país para captar la mayo cantidad de declaraciones juradas.

Esta semana han estado en Las Tablas y Coclé, y se espera que la siguiente acudan a Colón y Chiriquí.

El llamado es a todos los sujetos obligados, porque con este proceso demostramos la transparencia que se debe garantizar en la administración pública”, expresó Fernández.

De acuerdo con el artículo 4 de la citada ley, los funcionarios que deben entregar su declaración jurada son los ministros, viceministros, contralor, subcontralor, defensor del pueblo, jefes diplomáticos y consulares, superintendentes de bancos, mercado de valores y seguros y reaseguros.

Además, los miembros de juntas directivas que manejen fondos públicos, miembros de juntas directivas encargadas de administrar instituciones públicas, directores generales, gerentes de entidades autónomas y semiautónomas, juntas directivas de asociaciones público privadas, juntas directivas de organizaciones no gubernamentales que reciban fondos públicos y administradores nacionales.

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También, se incluyen a alcaldes, vicealcaldes, representantes de corregimiento, concejales, gobernadores y vicegobernadores.

La ley, de igual forma alcanza a diputados, magistrados de la Corte Suprema de Justicia, jueces, fiscales, los procuradores, magistrados del Tribunal Electoral y el presidente y vicepresidente de la República.

Estos funcionarios no podrán mantener interés particular, laboral, económico o financiero que pueda estar en conflicto de intereses con el cumplimiento de sus deberes.

No podrá dirigir, administrar, asesorar, patrocinar, representar o constituirse como apoderado ni prestar servicios remunerados a quien gestione o explote concesiones otorgadas por el Estado ni a aquellos que sean proveedores o contratistas del Estado.

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