Panamá
Meduca oficializa el calendario escolar 2027: las clases iniciarán el 22 de febrero
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El Meduca fijó el calendario escolar 2027: constará de 44 semanas de clases e iniciará el 22 de febrero tras la semana de organización.
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El Ministerio de Educación (Meduca) promulgó el Decreto Ejecutivo No. 37, por medio del cual se reglamenta el calendario para el año escolar 2027 en los centros educativos oficiales y particulares del primer y segundo nivel de enseñanza, abarcando tanto el subsistema regular como el no regular.
El período lectivo tendrá una duración total de 44 semanas y transcurrirá formalmente desde el lunes 15 de febrero hasta el viernes 17 de diciembre de 2027, iniciando con la fase institucional de organización docente.
Estructura trimestral y fechas clave del año lectivo 2027
La jornada académica para los estudiantes comenzará formalmente con las clases del primer trimestre el lunes 22 de febrero, dividiéndose en los siguientes bloques y descansos pedagógicos:
Desde el lunes 15 de febrero hasta el viernes 19 de febrero de 2027 (1 semana)
Primer Trimestre
Desde el lunes 22 de febrero hasta el viernes 21 de mayo de 2027 (13 semanas)
Días libres: 25 y 26 de marzo - jueves y viernes santos
Primer Receso Escolar de los Estudiantes
Desde el lunes 24 hasta el viernes 28 de mayo de 2027 (1 semana)
Segundo Trimestre
Desde el lunes 31 de mayo hasta el viernes 20 de agosto de 2027 (12 semanas)
Segundo Receso Escolar de los Estudiantes
Desde el lunes 23 hasta el viernes 27 de agosto de 2027 (1 semana)
Tercer Trimestre
Desde el lunes 30 de agosto hasta el viernes 3 de diciembre de 2027 (14 semanas)
Días cívicos: 27 de octubre (día del estudiante), 1 de diciembre (día del maestro)
Efemérides patrias: 3, 4, 5, 10 y 28 de noviembre
Día libre: 29 de noviembre
Período de Balance y Graduaciones de los Estudiantes
Desde el lunes 6 al viernes 17 de diciembre de 2027 (2 semanas)
Día libre: 8 de diciembre (día de las madres)
El decreto establece en su Artículo 2 que las direcciones nacionales y regionales del Meduca organizarán jornadas académicas de formación continua, actualización y perfeccionamiento profesional destinadas a los educadores durante los dos períodos de receso estudiantil fijados en mayo y agosto.
Asimismo, la norma mandata en el Artículo 3 el cumplimiento obligatorio e ininterrumpido del calendario en todos los planteles del país, precisando que solo en casos fortuitos o de fuerza mayor que atenten contra la seguridad de la comunidad educativa se autorizará la suspensión temporal de lecciones, bajo las directrices del Decreto Ejecutivo 732 de 2013.

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