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Sociedad / Minseg: Agencias de seguridad deben cumplir requisitos

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Arraiján / Asesinatos / Minseg / Seguridad / Violencia

Panamá

Minseg: Agencias de seguridad deben cumplir requisitos

Actualizado 2024/12/11 14:18:13
  • Redacción / nacion.pa@epasa.com / @PanamaAmerica

Según indicó el ministro de Seguridad Frank Ábrego en una entrevista en Radio Panamá.

El asalto fue difundido por redes sociales. Foto. Archivo

El asalto fue difundido por redes sociales. Foto. Archivo

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El dueño de la agencia de seguridad privada donde laboraba el seguridad que falleció en medio de un robo minisúper ubicado en Loma Cová, Arraiján; fue citado por las autoridades.

Según indicó el ministro de Seguridad Frank Ábrego en una entrevista en Radio Panamá.

El asesinato del agente de seguridad la noche del domingo 8 de diciembre consternó a la población por la saña de los delincuentes contra la víctima que se encontraba en el herido en el piso.

La Policía Nacional está ofreciendo una recompensa de $3,000.00 para quien ofrezca información que ayude o permita dar con la ubicación de los implicados en el homicidio de un guardia de seguridad en un minisúper en Loma Cová.

El propietario del minisúper, Carlos Lau, más conocido como “el chinito del sumai”, emitió un comunicado en sus redes sociales expresando su consternación y solicitando respeto para la familia del seguridad y para él mismo.

Reglamentación de las agencias

En una nota de prensa del Ministerio de Seguridad se reiteró a la ciudadanía, a los usuarios que contratan y empresas que ofrecen servicios de seguridad privada de manera legal, que este tipo de actividad está regulada mediante Decretos Ejecutivos N° 21 y 22 del 31 de enero de 1992, por lo que deben estar previamente autorizados mediante un resuelto ministerial.

Según el comunicado "las empresas y personal aprobados por el Minseg para el uso de armas fuego durante su servicio, deben cumplir con lo dispuesto en la Ley N° 57 de 27 de mayo de 2011, para contar con un certificado de tenencia y licencia de porte. Sin esta licencia, contravienen con lo establecido en el capítulo IX del Código Penal.

Es importante indicar, que esta actividad solo puede ser desarrollada por personal de nacionalidad panameña en todos sus cargos y deben cumplir con los requerimientos que exijan los funcionarios de la Fuerza Pública y personal de la Dirección Institucional en Asuntos de Seguridad Pública (Diasp).

En consecuencia, todo servicio que no cuente con la autorización y/o licencia respectiva, será cancelado y/o remitido a la autoridad competente.

El Minseg aclara, que por el riesgo que implica ejercer la seguridad privada, es obligatorio que cuenten con un seguro de responsabilidad civil, seguro de vida para su personal y cumplan con las responsabilidades obrero – patronal".
 

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