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Juez de circuito niega cinco recursos presentados a favor de la familia Martinelli

El juez Óscar Carrasquilla rechazó tres incidencias de controversias y dos de nulidad, según el documento del Órgano Judicial.

Redacción / panamaamerica@epasa.com / @PanamaAmerica - Actualizado:

Los abogados Carlos Carrillo y Roniel Ortiz. Foto: Epasa

Cinco recursos legales presentados por los abogados de la familia Martinelli Linares fueron negados por el juez decimosegundo del Circuito Penal de Panamá, Óscar Carrasquilla, entre incidencias de controversias y de nulidad, según un comunicado de prensa del Órgano Judicial.

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Mediante Auto Vario N° 293, se declaró improcedente el incidente de controversia presentado por el abogado Carlos Carrillo Gomila, en representación de Ricardo Martinelli Linares, donde alegaba que el fiscal Anticorrupción incumplió el debido proceso al no suministrarle copias de varios tomos de esta investigación.  La decisión de juez se fundamentó en que la defensa no estaba atacando alguna disposición proferida por la agencia de instrucción del Ministerio Público, “obviando el requerimiento exigido por la normativa judicial para la presentación de tal petición”.

También por economía procesal mediante Auto Vario N° 294, se negaron dos incidentes de controversias promovidos por los abogados Carlos Carrillo Gomila y Marcela Araúz Quintero, en representación de Ricardo Martinelli Linares y Riccardo Francolini Arosemena, respectivamente, en donde atacaban la admisión de la querella presentada por el ministro de Seguridad, Alexis Bethancourt Yau, en nombre del Estado panameño.  Sobre el particular, el juez estimó que en este proceso se presume una afectación al Estado, no sólo a través de sus instituciones ministeriales, sino también en su sistema bancario y societario.

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A través del Auto Vario N° 295, se negó un incidente de nulidad presentado por el abogado Roniel Ortíz, en contra de todas las diligencias, declaraciones y actos de investigación donde se solicitó información de la Promotora y Desarrollo Los Andes, S.A., y de la Importadora Ricamar, S.A.   El incidentista argumentaba que la investigación de dichas sociedades era competencia del pleno de la Corte Suprema de Justicia, ser beneficiario su defendido, por ser ese entonces diputado del Parlamento Centroamericano. El juez Carrasquilla estimó que no observa que el exmandatario se encuentre siendo investigado por la Fiscalía Especial Anticorrupción.

Mediante Auto Vario N° 296, también se negó otro incidente de nulidad, en esta oportunidad promovido por el abogado Franklin Amaya Jované, en favor de Luis Enrique y Ricardo Alberto Martinelli Linares, quien a su criterio la fiscalía violó el derecho de defensa al ordenar la reserva del sumario. Al respecto, el juez estimó que no se observa que la Fiscalía Especial Anticorrupción haya violentado el debido proceso o derecho a la legitima defensa, al aplicar reserva del sumario.

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