Panamá
Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia no admite recurso de casación promovido por Balbina Herrera
Las magistradas Maribel Cornejo Batista, María Eugenia López y Asunción Alonso, no admitieron el recurso presentado por la defensa de Balbina Herrera el año pasado en contra de la absolución de Ricardo Martinelli.
- Luis Ávila
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- - Actualizado: 28/3/2022 - 01:34 pm
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La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ) no admitió el recurso de casación presentado por el abogado Nicomedes Castillo, en representación de Balbina Herrera dentro del caso de los supuestos pinchazos telefónicos, en el que se absolvió al expresidente Ricardo Martinelli.
Las magistradas Maribel Cornejo Batista, María Eugenia López y Asunción Alonso, no admitieron el recurso presentado por la defensa de Herrera el año pasado.
En su fallo, las magistradas señalaron que el artículo 179 del Código Procesal Penal es claro en señalar que en el evento en que ordene la celebración de un segundo juicio, no será susceptible de recurso alguno.
Las funcionarias también hicieron referencia al artículo 15 del Código Procesal Penal que habla de justicia en tiempo razonable.
Este artículo señala puntualmente que “Justicia en tiempo razonable. Toda persona tiene derecho a una decisión judicial definitiva emitida en tiempo razonable. Toda actuación debe surtirse sin dilaciones injustificadas”.
“La Sala no puede desconocer el mandato contenido en el último párrafo del artículo 179 objeto de este análisis, el cual es claro y contundente en cuanto a que, realizado el segundo juicio, si la sentencia es absolutoria, contra esta segunda decisión no cabe recurso alguno”, indica el fallo.
En diciembre pasado, la defensa del exgobernante había solicitado a la Sala Segunda de lo Penal de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), rechazar de plano el recurso de casación y una advertencia de inconstitucionalidad presentada por el jurista Castillo.
En su momento, Luis Eduardo Camacho González, abogado del exmandatario,señaló que el anuncio realizado por el abogado de Balbina Herrera representa un desconocimiento al último párrafo del artículo 179 del Código Procesal Penal.
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"Cuando se ordena la celebración de un nuevo juicio en contra del imputado que haya sido absuelto por la sentencia recurrida, y como consecuencia de este nuevo juicio resulta absuelto, dicha sentencia no es susceptible de recurso alguno", explica textualmente dicho artículo.
Las reacciones por está nueva decisiópn no se han hecho esperar.
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Alfredo Vallarino, parte del equipo de defensa del exgobernante Martinelli señalaó a través de sus redes sociales que ya la sentencia del caso pinchazos está en firme y se puede botar y procesar al testigo protegido.
"La sentencia de la Corte Suprema de Justicia del caso pinchazos está EN FIRME. Ya pueden botar Y procesar al TESTIGO PROTEGIDO que mintió, y le cobró $1.000.000,00 (UN MILLÓN) a este país. Procesarlo a él ya los que le pagaron el millón . Y hablan de peculado", expresó el jurista.
"Niegan casación a Balbina en caso pinchazos. Lo anunciado meses atrás por nosotros ha sido ratificado por todos los magistrados de la la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia . Para mañana estarán los haters seguro inventando que estas 3 magistradas también se vendieron", expresó.
En tanto, el jurista Sidney Sittón señaló que: "Cuando la sentencia que se recurre en casación es emitida con ocasión de un segundo juicio ABSOLUTORIO, NO hay lugar a dicho recurso. ¡Caso Cerrado!"
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