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Trabajo para conmutar penas, en programas laborales extramuros
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Antonio Pérez M.(antonio.perez@epasa.com) / PANAMA AMERICA Derechos Según la Ley 55 del Sistema Penitenciario en su artículo 13 1.Un trato digno y de respeto, acorde con su condición de ser humano.2.La no discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, nacionalidad y condición social o económica.3.La libertad de culto, siempre que no atente contra los reglamentos del centro penitenciario.4.La participación en actividades culturales y educativas encaminadas a desarrollar plenamente la personalidad.5.La realización de actividades de trabajo remuneradas que le faciliten su incorporación al mercado laboral.Para el director del Sistema Penitenciario, Ángel Calderón, las personas que logran resocializarse y salen de prisión no regresan porque se vuelven útiles a la sociedad.“Las estadísticas de los últimos tres años demuestran que los niveles de reincidencia delictiva son bajos”, destacó Calderón al asegurar que sus argumentos se basan en cifras.En estos cuatro años de gestión del gobierno han salido de prisión unos 2,400 reclusos y solo se ha reportado el reingreso de unas 78 personas por reincidir en el delito.El funcionario señaló que esto se debe al programa de resocialización de detenidos en materia laboral extramuros, en el que los paranos laboran para una institución y el pago que reciben es con días conmutables de la pena.Uno de estos programas es con la Autoridad de Aseo, que comenzó con 30 paranos y ahora participan 90 reclusos del centro penitenciario de La Joya y La Joyita, quienes trabajan reforzando la recolección de la basura.“Antes salían de las cárceles 2,000 paranos y regresaban 1,800”, destacó el funcionario al argumentar que esto se debe a que antes no había auténticos programas para la resocialización.Añadió que, por ley, participar en estos programas es voluntario; la conmutación de las penas consiste en un día libre por cada dos de trabajo.