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Política / Demanda de inconstitucionalidad no detiene proceso de revocatoria contra alcalde José Luis Fábrega

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Alcalde / Demanda / Inconstitucionalidad / Panamá / revocatoria de mandato

Panamá

Demanda de inconstitucionalidad no detiene proceso de revocatoria contra alcalde José Luis Fábrega

Actualizado 2022/04/13 17:38:34
  • Alberto Pinto
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El abogado Roberto Ruiz Díaz explicó que si se admite la demanda de inconstitucionalidad tienen que darle traslado al procurador de la Administración o al procurador de la Nación, porque esos se alternan según los casos que les toca.

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La defensa de José Luis Fábrega interpuso una demanda de inconstitucionalidad. Foto: Grupo Epasa

La defensa de José Luis Fábrega interpuso una demanda de inconstitucionalidad. Foto: Grupo Epasa

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La demanda de inconstitucionalidad interpuesta por la defensa del alcalde de la ciudad capital, José Luis Fábrega no detiene el proceso de revocatoria de mandato, dejó claro el abogado Roberto Ruiz Díaz.

"El proceso de revocatoria de mandato del alcalde José Luis Fábrega se mantiene hasta que haya un fallo, es como el caso de las licencias con sueldo, las licencias con sueldo que demandé y que se declaró inconstitucional se le sigue pagando hasta que se publique en la Gaceta Oficial el fallo", indicó el jurista.

Explicó que si se admite la demanda de inconstitucionalidad tienen que darle traslado al procurador de la Administración o al procurador de la Nación, porque esos se alternan según los casos que les toca.

Luego, si es admitida,  entra  al magistrado ponente para que  prepare un proyecto para la lectura del resto de los magistrados, sino tiene observaciones entonces se abre un periodo de alegatos.

Durante ese periodo de alegatos  pueden participar todas las partes, "en este caso yo alegaría a favor de la constitucionalidad, pero lo que si hay que recordar es que las demandas de inconstitucionalidad no suspende los efectos, ni tienen efectos retroactivos tampoco".

El abogado dejó claro que dentro de siete días, es decir  el 20 de abril se empieza la recolección de firmas.

"Este es un proceso autónomo, eso nadamás es para los efectos de las partes quien presenta la demanda  si es admitida se le da traslado al procurador y allí no hay que notifcar a más nadie", destacó.

Agregó que allí lo que se está discutiendo es la constitucionalidad de un acto administrativo en este caso, más no se está discutiendo el proceso en sí de revocatoria.

VEA TAMBIÉN: ¿Qué reacciones podrían presentar los estudiantes, según su nivel, tras la crisis sanitaria?

El abogado  ha dejado claro que esperan recoger esas 198,920 firmas que es el 30% de padrón electoral del distrito de Panamá, antes de los cuatro meses que tienen de plazo.

Una vez se recojan las firmas, el TE tiene un plazo de tres meses para organizar y realizar el plebiscito de la revocatoria formal.

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Roberto Ruiz Diaz considera que, incluso, si se recoge de forma rápida las firmas el referendo podría realizarse en julio del presente año.

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