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Política / Ni murgas ni tamboritos en los centros de votación

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Código Electoral / Decreto / Elecciones 2024 / Prohibición / Tribunal Electoral

Panamá

Ni murgas ni tamboritos en los centros de votación

Actualizado 2023/12/04 09:50:04
  • Francisco Paz
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Tribunal Electoral emite decreto que prohíbe aglomeraciones en las entradas y dentro de los centros de votación, el próximo 5 de mayo.

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Más de 3 millones de panameños están habilitados para votar. Foto: Archivo

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El Tribunal Electoral prohibió la presencia en los centros de votación de murgas, batucadas, tamboritos y otras actividades similares que alteren las elecciones, el 5 de mayo de 2024.

El pasado jueves, salió publicado el Decreto 49 de 24 de noviembre de 2023, que instruye esta medida para garantizar la libertad, el orden e integridad de la votación, así como el flujo expedito de los electores en los recintos electorales.

De igual forma, se prohíbe la aglomeración de personas en las entradas de los centros de votación y cualquier manifestación de proselitismo, lo que da a entender que la prohibición también se extiende al perímetro de las escuelas y centros donde estarán colocadas las urnas, ese domingo.

El decreto dispone que la prohibición se mantendrá hasta la hora de cierre de la votación, fijada a las 4:00 p.m.

Serán los delegados electorales, en conjunto con la Fuerza Pública y los estamentos de emergencia, quienes deberán velar por el cumplimiento de esta disposición, conforme a lo descrito en el decreto.

En el día de las elecciones, el período más crítico, por lo general, ocurre cuando se procede al escrutinio de los votos, debido a la tensión que se vive en el momento y que, como se ha visto antes, ocasiona enfrentamientos entre simpatizantes de los candidatos a puestos de elección.

Los magistrados del Tribunal Electoral al suscribir este decreto advierten que el artículo 528 del Código Electoral sanciona la obstaculización de forma grave del desarrollo de la votación y el escrutinio. 

También, recuerda que el artículo 547 del Código Electoral, sanciona con pena de arresto o multa, a los concurrentes a cualquier acto electoral que perturben el orden.

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