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Sociedad / Avanza proyecto que regula la esterilización voluntaria en el sistema público

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Panamá América Panamá América Lunes 30 de Marzo de 2026
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Asamblea Nacional / pacientes / Panamá / Proyecto de ley / Salud

Panamá

Avanza proyecto que regula la esterilización voluntaria en el sistema público

Actualizado 2026/03/30 18:10:09
  • Fariza Gordón
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La iniciativa, presentada por el diputado Jorge Bloise, fue aprobada con siete votos a favor, ningún voto en contra ni abstenciones.

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Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional. Foto: Cortesía

Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional. Foto: Cortesía

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La Comisión de Trabajo, Salud y Desarrollo Social de la Asamblea Nacional prohijó el anteproyecto de Ley 45, que establece el marco regulatorio para la esterilización en el sistema público de salud a petición de hombres y mujeres.

La iniciativa, presentada por el diputado Jorge Bloise, fue aprobada con siete votos a favor, ningún voto en contra ni abstenciones.

Entre los motivos expuestos, Bloise planteó que así como se prohíbe la esterilización forzada, no se debe obligar a una mujer a tener hijos como requisito para acceder a la esterilización, ya que esto equivale a una maternidad forzada. 

El anteproyecto establece que toda persona mayor de edad no asegurada que carezca de recursos económicos podrá solicitar a los centros hospitalarios del sector público del país la esterilización, siempre que cumpla con los requisitos establecidos en la presente ley. 

En el caso de los asegurados, la Caja de Seguro Social (CSS) tiene la obligación de efectuar el procedimiento quirúrgico, siempre que exista una petición voluntaria de la persona al médico tratante.

Dicha iniciativa dispone que la esterilización procederá cuando la mujer cuente con la prueba de no embarazo. Además, si la o el paciente padece de enfermedad mental debidamente acreditada, debe constar la solicitud médica y del tutor o de la persona legalmente responsable de la o el paciente. También, se exige constancia de que la peticionaria o peticionario conoce los métodos anticonceptivos alternos. 

El documento señala que la esterilización no procederá cuando la persona decide no continuar con el procedimiento, aun antes de que concluya la intervención médica, o si no se presenta prueba de que la persona haya sido informada sobre métodos alternativos anticonceptivos por el personal de salud. 

De igual manera, se contempla la posibilidad de esterilización en menores de edad con su consentimiento y por medio de su tutor o de la persona legalmente responsable, por recomendación médica. Entre estos casos, cuando la menor padezca alguna enfermedad o defecto y el embarazo y el parto puedan poner en peligro su vida o su salud. 

Si la menor tiene dos o más hijos y carece de recursos económicos para su crianza, o si padece de una enfermedad mental debidamente acreditada con la autorización correspondiente. 

 

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